Me gustaría saber qué puedo hacer acerca de un señor que, hace más de 20 años, se marchó de un piso de mi propiedad, pero sigue manteniendo esta casa como domicilio ante Tráfico, y todas las denuncias de sus coches me siguen llegando a mí. Por ejemplo, sé que hace aprox. un año se compró un Dacia y ya me ha llegado una multa suya por exceso de velocidad, y otra por no llevar documentación. J. C. (Barcelona)
Respuesta de Ana María Amador, del Departamento jurídico de CEA: José, lo más aconsejable es que, cada vez que en tu buzón recibas cualquier carta a nombre de este señor, y sin necesidad de abrirla, la devuelvas al buzón de Correos tachando el domicilio o poniendo desconocido; cuando pase un tiempo los remitentes ya no te volverán a mandar nada.
Además, no deberías abrir estas cartas. Ten muy en cuenta que abrir correo ajeno está considerado como un delito por el artículo 197 del Código Penal y puede ser castigado con penas de prisión de 1 a 4 años y condena al pago de una multa diaria -la cuantía la decidirá el juez- durante un plazo de 12 a 24 meses.
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