¿Es legal aparcar dos coches en una plaza de garaje?

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Un lector nos platea esta pregunta relacionada con las plazas de garaje: ¿Es legal que en una única plaza de garaje estacionen dos coches? ¿y un coche y una moto?

Álvaro nos escribe desde Madrid para realizarnos la siguiente consulta: «¿Es legal que en una única plaza de garaje estacionen dos coches? Como comprobaréis en la foto que os adjunto en el e-mail, la plaza pertenece al vecino del vehículo negro, pero este cede parte del espacio que le sobra para que aparque el coche blanco. ¿Es esto legal? ¿Qué sucedería con el seguro en caso de que se produjera un incendio o inundación?» 

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Respuesta de Enrique Espinós, redactor: Nos hemos puesto en contacto con el Colegio de Administradores de Fincas de Madrid y, desde él, nos indican que la Ley de Propiedad Horizontal, la que regula el uso de garajes, «no dice nada al respecto» de que dos vehículos puedan aparcar en una misma plaza. Pero advierten de que las normativas municipales «ya van acotando este tema». Por eso, «si la normativa de tu población no indica nada concreto, se deberá acatar lo que marque la Comunidad», señalan.

De hecho, desde el Colegio recomiendan que cada Comunidad de vecinos establezca un reglamento interno en el garaje para estas y otras situaciones. Eso sí, debéis saber que «la Ley de Propiedad Horizontal prohíbe expresamente sobrepasar las líneas de una plaza de garaje», incluso si lo único que sobresale, por ejemplo, es un maletero.

garaje
¿Es legal aparcar dos coches en una misma plaza de garaje? ¿Tiene alguna consecuencia si ocurre un siniestro?

¿Dos coches en una misma plaza de garaje?, ¿qué pasa con el seguro en caso de accidente?

En cuanto al seguro, las comunidades de vecinos suelen contar con un seguro con cobertura de daños (entre ellos, el de incendio) a ‘vehículos en reposo‘. Se contrata teniendo en cuenta el número de plazas de aparcamiento y el valor promedio de los vehículos que las ocupan», explica Carlos Lluch, director técnico de la correduría Lluch&Juelich.

«Si ocurre un accidente y en el garaje se estacionaban más vehículos que los determinados por el número de plazas, la aseguradora se acoge a la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, que establece que, en caso de divergencia entre los bienes declarados y los existentes en el momento del siniestro, la compañía reducirá su indemnización en la misma proporción».

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Por ejemplo, si en la póliza se declararon 50 vehículos y una indemnización de 60.000 euros y había aparcados 60 vehículos, la aseguradora reducirá la indemnización a cada vecino en función del ratio entre vehículos declarados y estacionados: en este caso, 0,833. «Así, si el valor de un coche siniestrado era de 5.000 euros, la aseguradora sólo abonará 0,833 x 5.000 euros: 4.166, 66 euros.