Qué debes evitar a los mandos de bicicletas y patinetes

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Además de los riesgos que supone su uso, ambos transportes están considerados como vehículos y ello conlleva que, a sus mandos, se debe cumplir con la normativa de circulación. Te contamos cómo debes usarlos y por qué conductas te sancionarán.


Para lo configuración de este decálogo hemos contado con la claboración de Fernando Solas, responsable de Formación de la consultora especializada PONS Seguridad Vial.

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1. Circular por vías fuera de poblado; está prohibido por autopistas y autovías.

Ya se han dado casos a lo largo de la geografía española -especialmente, en la Comunidad Valenciana-. «De entrada, ni bicicletas -con un límite legal de 45 km/h- ni patinetes alcanzan la velocidad mínima para acceder a autovías y autopistas: 60 km/h», señala Solas «pero, además, en caso de golpe, el ocupante de la bicicleta o patinete absorberá prácticamente la totalidad del impacto, con circunstancias fatales en casi el 100% de los casos».

2. Utilizar el móvil a sus mandos.

En 2018, las distracciones fueron el motivo del 32% de los accidentes mortales, según la DGT, que considera el uso del móvil como la principal. «Esa conducta supone un enorme peligro en el caso de bicicletas y patinetes, máxime cuando estos vehículos se han de desenvolver en el tráfico urbano. Valga como ejemplo el atropello mortal en Espluges de Llobregat por un patinete, causado por la imprudencia del conductor que iba consultando su móvil. La víctima fue una anciana de 92 años».

3. No respetar los semáforos o saltarte un Stop.

Ya que pueden desencadenar un accidente para el conductor de la bicicleta o patinete o para otros vehículos. «Y es que uno de los principios que rigen la circulación es el de la confianza en la normalidad del tráfico, según el cual, tanto vehículos como peatones cumplirán las normas de circulación»

4. Circular con auriculares

circular con auriculares en bici

«Aumenta exponencialmente el riesgo de accidente, ya sea por impacto contra un peatón u otro vehículo», explica Solas. «En la conducción es necesario utilizar todos los sentidos, pero la mayoría de la información del tráfico nos llega a través de señales ópticas y/o acústicas: desde un claxon hasta un grito de alerta.»

5. Atravesar los pasos para peatones sin desmontar de estos vehículos.

De entrada, la normativa señala que, para tener prioridad en esos pasos, los ciclistas/usarios deben cruzarlos a pie y con la bici/patinete de la mano… para ser considerados peatones.

Además, «los conductores esperan en estos pasos a un usuario que vaya a la velocidad de una persona andando. Por eso, si se cruza a una velocidad superior, aumenta el riesgo de atropello o accidente. Y por la mayor velocidad, también puede aumentar la gravedad del siniestro», explica el responsable de Formación de PONS Seguridad Vial.

6. Circular por aceras y espacios reservados para los peatones

circular por acera en bici

No está permitido circular con estos vehículos por zonas peatonales, y menos de forma imprudente o a una velocidad que pueda poner en peligro a los viandantes. Por ejemplo, a lo largo de 2018 tuvieron lugar en toda España más de 273 accidentes con patinetes, 203 causados por los conductores de estos vehículos y siendo lo más habitual el atropello por parte de los patinetes a los peatones, vulnerables ante su velocidad -los de alquiler están limitados a 25 km/h de velocidad máxima, pero algunos modelos privados alcanzan los 45 km/h-. «Además de numerosas lesiones registradas por caídas, está el riesgo de atropello».

7. Circular bajo los efectos del alcohol o drogas

Circular bajo efectos del alcohol o drogas en bici

Es algo relativamente habitual encontrar, cerca de las zonas de ocio de las ciudades, conductores de bicicletas o patinetes ebrios. De entrada, conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas causa un aumento del tiempo de reacción, una disminución de la capacidad visual, una pérdida del equilibrio€ Pero, además, recuerda que se trata de una infracción -ver página siguiente-. Sin embargo, como estos vehículos no se consideran vehículos a motor, nunca se incurrirá en un delito contra la Seguridad Vial.