Novedades en el Reglamento a partir del 1 de octubre

¿Cuándo puede ir un niño en el asiento delantero del coche?

Autofacil
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El Reglamento General de Circulación modifica la ley para con los menores que viajen en coche con el fin de aumentar su seguridad. Entrará en vigor el 1 de octubre.


Desde este 1 de octubre, el Reglamento General de Circulación llevará a cambio unos cambios que afectarán a los viajes de menores en coche, modificando el uso del cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil homologados y la colocación de los niños en el habitáculo. De hecho, si éstos van sentados de forma incorrecta, un agente de la autoridad podría inmovilizar el vehículo.

El Reglamento obliga, en su artículo 117, a usar debidamente el cinturón de seguridad, y en el 135, a emplear ´sillitas´ –en la parte trasera- con los que midan menos de 1,35 m. En caso de no cumplirse esta situación a partir de la fecha indicada, ésta acarrearía una multa de 200 euros, la pérdida de 3 puntos del carnet y la inmovilización del automóvil. De todos modos, existen las siguientes excepciones:

  • Que el coche no disponga de asientos traseros.
  • Que todos ellos estén ocupados por menores de una estatura inferior a 1,35 m.
  • Que no se pueda instalar en ellos sistemas de retención infantil.

Menor en asiento delantero

Por otra parte, en lo que respecta al uso del cinturón de seguridad, puede ser retirado por razones médicas, al circular marcha atrás o en el ejercicio de diferentes profesiones, pero para retirar la denuncia será obligatoria la documentación que avale esa justificación.

El objetivo principal es la disminución de lesiones de menores –ya que en el asiento trasero se reducen las posibilidades de lesión en caso de accidente- y concienciar de la importancia del uso de sistemas de seguridad infantil. En el 2014, el 23% los fallecidos en accidentes en carretera no llevaban el cinturón de seguridad puesto, porcentaje que sube hasta el 30% en caso de los fallecidos en accidentes en zonas urbanas.