Le piden un informe

A la Guardia Civil no le dejan denunciar el mal estado de las carreteras

Autofacil
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¿Transitas habitualmente por una carretera con alfalto en mal estado?, ¿tienes localizado un tramo mal señalizado? Pues debes saber que, pese a que, según el artículo 74 de la actual Ley de Seguridad Vial, las fuerzas de seguridad  deben denunciar -todas las infracciones que se observen, sean leves, graves o muy graves- sea quien sea el infractor… en la práctica y -desde hace muchos años-, aseguran algunos agentes con los que ha podido contactar Autofácil,-desde la propia Administración se nos indica que no denunciemos estas infracciones», cuando ella, como titular de la vía, tiene -la responsabilidad del mantenimiento de la misma en las mejores condiciones posibles de seguridad para la circulación y la instalación y conservación en ella de las adecuadas señales y marcas viales-, como dice el artículo 139 del Reglamente General de Circulación.

Así lo demuestra el escrito al que hemos tenido acceso -con fecha del pasado 20 de septiembre-, en el que el Jefe Provincial de Tráfico de Zamora informa al Capitán Jefe del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de esa provincia de que tiene constancia de -dos denuncias formuladas, una por deterioro de señal en la A-6 y otra por falta de señalización de badén existente en la A-66- y le  indica -el ruego de que, en futuras ocasiones no se denuncie este tipo de anomalías y se elabore un informe para su posterior traslado desde esta Jefatura al titular de la vía-. Por último, le ‘ruega’ que -comunique a los agentes el procedimiento indicado-.

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Un informe ‘no es lo mismo’ que una denuncia

Según los agentes consultados, una denuncia sobre el mal estado de la vía –que se realiza desde la propia PDA que llevamos -sin posibilidad de errores-, va directamente al centro de datos de León y desde allí se traslada a la Jefatura correspondiente–, implica un número de expediente oficial que ha de tramitarse y -del que queda constancia-. Y es que -una denuncia ampara judicialmente al ciudadano. Cualquier persona implicada en un accidente en una carretera puede informarse, en la Jefatura de Tráfico correspondiente, si existen denuncias del mal estado de la vía, de la señalización…- y utilizarlas a su favor incluso en un juicio. Por ej., si el asfalto en una curva estaba en mal estado, puede considerarse culpa de la Administración… y no del conductor.

Mientras, -si realizamos un simple informe interno, éste se ha de entregar directamente al mando superior… y, como no tiene número de expediente, es más fácil que se ‘pierda’-, denuncian estos agentes. Así es mucho más difícil que quede constancia de ninguna irregularidad.

En qué se traduce…

Los agentes que denuncian esta situación únicamente buscan que -se tramiten estas denuncias y que el funcionario de la Administración encargado de mantener las vías en buen estado sea sancionado- si no realiza correctamente su trabajo. Denuncian también que se crea una situación de injusticia ya que -a los funcionarios de la Administración no les pasa nada… pero si a un particular, por ej., se le ocurre retirar una señal de Tráfico, le cae una multa de 182.000 euros-.

Los agentes indican que, en última instancia, -lo que se quiere evitar es la responsabilidad de los funcionarios y que, así, en caso de accidentes, la Administración, como responsable subsidiario, deba hacer frente a posibles indemnizaciones-. Mientras tanto, señalan, no se efectúan denuncias, -no se evitan accidentes y puede haber muertos-.