Crees que por contratar un seguro de coche -ya sea a terceros o a todo riesgo- ya estás cubierto ante cualquier eventualidad? Pues es así... pero, como en todo, siempre hay excepciones. Es cierto que una buena póliza que ofrezca cobertura de asistencia mecánica, en viaje y jurídica te ayudará a solucionar los imprevistos que te ocurran con tu vehículo pero, por ejemplo, ningún seguro te cubrirá si provocaste un accidente y conducías ebrio -con más de 0,25 mg/l en aire espirado- o drogado, o sin carnet; tampoco si el coche no ha pasado la ITV o si transportas más pasajeros de los permitidos, por ejemplo, seis en un vehículo de cinco plazas. Y, además de estas limitaciones, existen otras, algunas de lo más rebuscado, por las que tu aseguradora no te pagará los daños si sufres un accidente, incluso si no has sido culpable. En todos estos casos, serás tú quien responda de los daños y de las indemnizaciones, incluso si hay heridos o muertos. Si tienes derecho a indemnización, el Consorcio de Seguros te adelantará su importe y, más tarde, se la reclamará judicialmente al culpable. Te contamos las situaciones más llamativas en las que las aseguradoras no se hacen cargo de los daños ocasionados en un coche.
Si chocas contra un familiar: Las aseguradoras piensan que es un fraude Qué ocurre: Casi ninguna compañía -alguna, como Lagún Aro, sí, pero sólo si los familiares no viven en el mismo domicilio- te pagará los daños del coche si el choque se ha producido entre el asegurado y su cónyuge o sus familiares, hasta de tercer grado de consanguinidad. ¿El motivo? Así evitan pagar si los familiares han llegado a un acuerdo para defraudar al seguro. En estos casos, tendrás que acordar con tu familiar quién debe abonar, de su bolsillo, los desperfectos. Además: Las aseguradoras también suelen sospechar de los golpes ocasionados entre vecinos o compañeros de trabajo aunque, en este caso, deberán demostrar que existió un acuerdo previo entre los implicados. Si circulas fuera del asfalto: Muy pocas aseguradoras te cubrirán Qué ocurre: La mayor parte de las compañías no te darán asistencia mecánica ni te cubrirán los daños ocasionados en tu vehículo si circulas por 'vías no aptas' -aquellas no construidas y/o señalizadas por un organismo oficial- es decir pistas de tierra, campo... Aseguradoras como Allianz, Mapfre, Groupama o SegurCaixa sí lo cubren, pero otras, como Génesis, sólo lo harán para vehículos TT -no para turismos-, y otras, como Catalana Occidente o Helvetia, te pagarán los daños, pero no te darán asistencia. Además: Muchas compañías tampoco te indemnizarán por la pérdida de tu coche si éste se incendia en el campo; por ejemplo, a raíz de aparcarlo encima de unos rastrojos. Tenlo en cuenta si practicas conducción TT Si no ayudas a un accidentado: Inclumples la ley Qué ocurre: Ninguna compañía se hará cargo del arreglo de los daños de tu coche si provocas un siniestro y no ayudas a los accidentados -por ejemplo, si no auxilias a un peatón que has atropellado- o sales huyendo. Las aseguradoras se escudarán en que estás cometiendo un delito, y tienen razón: la omisión de socorro está castigada con penas de hasta un año de prisión y multa hasta un año -el juez decretará la cantidad diaria a pagar-. Además: Eso sí, tu compañía siempre pagará la indemnización a las víctimas del accidente y el coste de los daños que hayas provocado a sus vehículos y que determinen los peritos, hasta un máximo de 70 millones de euros por accidente. Así pues, nunca huyas de un accidente. Si se produce una catástrofe natural, guerra o accidente nuclear Qué ocurre: Ninguna aseguradora -da igual que tengas un seguro a terceros o a todo riesgo- te indemnizará por inundación, terremoto, erupción volcánica, ciclones, terrorismo, motines, manifestaciones o huelgas y hechos declarados como 'catástrofe o calamidad nacional' ni tampoco si tu coche sufre 'una modificación de su estructura atómica', esto es, si hay un accidente nuclear. Además: En estos casos, te indemnizará el Consorcio de Seguros -un organismo estatal, telf. 902 22 665-... pero, ojo, sólo si tienes una póliza a terceros con, al menos, cobertura de daños propios -robo y lunas-. ¿Y cómo valorarán tu coche?: Exclusivamente a precio de mercado. Tampoco te cubrirán... Si participas en carreras o pruebas en circuito -por eso, cuando te inscribes en una prueba deportiva pagas un seguro específico- o en carreras ilegales. O si embarcas tu coche y el barco se va a pique. En ese caso, será el seguro de carga del barco quien te indemnizará por tu coche a ¡4 - el kg! -por ejemplo, por un BMW 745d de 47.800 - y 1.765 kg te darán sólo 7.060 -- . ¡Ah! Y mucho ojo si aparcas tu coche en el muelle. Si sufre algún daño, la mayoría de aseguradoras se desentenderán del caso.
Si tuneas tu coche y no lo homologas, ni se lo comunicas a tu aseguradora Qué ocurre ... Si tuneas tu vehículo -modificas dimensiones, pesos, neumáticos...- y no se lo indicas a tu aseguradora y sufres un accidente, la compañía cubrirá los daños causados a terceros pero pueden negarse a pagar los de tu coche, escudándose en que ese vehículo no es el que figura en el contrato; en el mejor de los casos, sólo te cubrirán los daños como si tu automóvil fuera de serie. Si quieres estar tranquilo, homologa los cambios en la ITV y notifícaselos a tu aseguradora -ojo, el precio de la póliza puede subir hasta un 30%-. Además: Muchas compañías -Mutua Madrileña, Mapfre...- no aceptan nuevas pólizas para coches túning, pero existen seguros específicos, a terceros y a todo riesgo, para estos vehículos como los de Zalba Caldú -www.zalba-caldu.com / 902 405 540-. Si tu hijo te coge el coche y su nombre no está en tu póliza y tiene un accidente Qué ocurre: Si tu hijo tiene menos de 25 años o menos de dos años de carnet casi ninguna compañía se hará cargo de los daños que cause a terceros -Mapfre sí, pero sólo cubrirá los daños hasta 60.000 - ; AXA, por su parte, sólo ofrecerá al conductor defensa jurídica-. Algunas aseguradoras sí pagarán una parte de los daños causados a terceros -pero tú tendrás que correr con los gastos de la parte proporcional al aumento de póliza que hubiera supuesto incluir a tu hijo en el seguro-. En la mayoría de los casos, los daños causados en tu coche te los tendrás que pagar tú. Si tu hijo tiene 25 años o más y más de dos años de carnet, en este caso, la mayoría de las compañías sí se hará cargo de los daños -propios y causados a terceros-, pero lee la letra pequeña de tu póliza porque algunas como Direct Seguros aplicarán una franquicia de 150 -... que deberá pagar el titular del seguro. Además: Si tu hijo conduce sin tener carnet será multado con 500 - e incurrirá en un delito contra la Seguridad Vial -castigado con 3 a 6 meses de prisión o multa diaria de 12 a 24 meses-.
Los casos que te indicamos en este reportaje estarán reflejados en tu póliza -consulta su letra pequeña-, pero si sufres otro percance y no estás de acuerdo con tu compañía, te contamos qué debes hacer: 1- ACUDE AL DEFENSOR DEL ASEGURADO DE TU COMPAÑÍA Por ley, todas las aseguradoras deben tener uno, es gratuito y encontrarás la forma de contactar con él en tu póliza o bien en la Dirección General de Seguros -www.dgsfp.meh.es-. Es independiente de la compañía y deberá contestarte en un plazo máximo de dos meses. Tu aseguradora deberá acatar su decisión, pero si tú todavía no estás de acuerdo con ella, aún puedes... 2- RECLAMAR A LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS Expón tu caso a su Servicio de Reclamación -es gratuito-, que lo estudiará y deberá contestarte en dos meses. Eso sí, aunque la aseguradora no está obligada a acatar su veredicto, si la Dirección de Seguros falla en contra de tu compañía, le abrirá un expediente. Si tampoco estás de acuerdo con su dictamen, deberás... 3- RECLAMAR A CONSUMO Rellena una hoja de reclamaciones en las oficinas de tu aseguradora y remite una copia a la oficina de Consumo de tu CC.AA. o de tu Ayuntamiento, que propondrá una junta de arbitraje -te saldrá gratis-para resolver el conflicto... ¿Lo malo? Que, para ello, ambas partes deberían aceptar esa junta... y la mayoría de las aseguradoras no aceptan arbitrajes. 4-PON UNA DEMANDA Es el último paso posible pero ten en cuenta que para aquellas cuestiones de coste superior a 900 -, necesitarás contratar a un abogado y un procurador -desde 700 --: estudia si te compensa.
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