¿Tienes que renovar el seguro de tu coche? En ese caso, te vendrá bien conocer las pólizas de seguros que existen en la actualidad.
El seguro más básico y el obligatorio por Ley, que cubre la Responsabilidad Civil Obligatoria. En los últimos años, este tipo de pólizas también suelen ofrecer la asistencia en viaje y, asimismo, la defensa jurídica -si nos achacan la culpa de un siniestro que, según nosotros, no es nuestra-. Ojo, porque esta última cobertura es opcional en las aseguradoras más baratas: por ej., en Balumba -te costará aprox. desde 30 euros-. Es recomendable para vehículos con más de 12 años.
Se refiere a aquellas pólizas que, junto a la cobertura a terceros, incluyen además las de robo, incendio y lunas. La diferencia entre un terceros ampliado y un terceros es escasa: puede suponer sólo entre el 10% y el 20% del precio del primero.
Es recomendable para vehículos con más de más de ocho años. Eso sí, si contratas un seguro a terceros con una única cobertura de daños -ya sea lunas, incendio o robo-, el Consorcio de Seguros te indemnizará por tus daños en caso de desastre meteorológico; si sólo contratas un a terceros básico, no te pagarán nada.
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A las coberturas de las anteriores pólizas suma la de daños propios, que garantiza la reparación de nuestro vehículo si nosotros somos los culpables del accidente -para las excepciones, ver 'Cuándo no te indemnizará tu seguro'-. Es recomendable para coches de hasta cinco años de antigüedad.
Se trata de una modalidad de póliza a todo riesgo por la que el asegurado paga parte de la reparación de los daños del vehículo; a cambio de ello, la cuantía de la póliza puede descender hasta un 40%. Así, si por ej., un asegurado contrata una póliza a todo riesgo con una franquicia de 200 e -suelen oscilar entre 150 y 600 euros-, tendrá que abonar esta cantidad cuando quiera reparar un golpe. Pero si la cuantía de la reparación es superior -por ej., si alcanza los 500 euros-, la aseguradora se hará cargo de la diferencia -300 euros-.
Se trata de un tipo de seguro recomendable para coches de más de dos o tres años. Pero ojo, siempre en caso de que seas un conductor con pocos accidentes; de lo contrario, la franquicia no te saldrá a cuenta.
Que te podrán sancionar incluso aunque sólo esté aparcado -también en un garaje privado-. Si un agente te pide la documentación y el vehículo carece de seguro, las sanciones serán de 800 euros si se trata de un vehículo para el que se requiere el carnet B; de 1.500 e si requiere los permisos C1, C1+E, C+E, D1, D o D+E, es un taxi o es uno de transporte escolar o servicios prioritarios. Además, si circulas con este vehículo y te paran, la sanción aumentará hasta 1.500 euros y 2.800 euros, respectivamente.
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