El timo de los seguros «a todo riesgo»

Enrique Espinós
Enrique Espinós
Una póliza a ´todo riesgo´ debería cubrir todos tus daños, pero todas están, según los expertos, "cargadas de exclusiones y límites". Analizamos 8 pólizas populares para ver ´en qué fallan´ y te contamos cuándo tu seguro no te cubrirá nunca.


En qué fijarse al contratar un seguro a todo riesgo

«Antes de firmar una póliza», señalan estos expertos, «presta atención a…
1- Los criterios de indemnización en caso de siniestro, robo o incendio: de mejor a peor, te indemnizarán por el coche con su valor de nuevo, de mercado, venal o real mejorado o venal o real*.
2- La cobertura de incendios, que te cubra fuegos ocasionados por caída de rayos, incendios en el exterior…
3- Que te ofrezca cobertura contra daños por fenómenos meteorológicos, por ej., por granizo.
4- Que, si sufres un problema, la aseguradora te asista en ´pistas no aptas´: en un camino de tierra, en el campo…
5- Desde dónde ofrece asistencia en carretera a las personas -algunas compañías lo ofrecen a partir de 25 km desde tu domicilio; en ese caso, y si sufres una avería o un golpe a 20 km de tu casa, se harán cargo del coche… pero tú tendrás que ´buscarte la vida´-. También en qué países/zonas te asistirán.
6- Las indemnizaciones que te ofrezca en caso de muerte o invalidez del conductor.
7- Que en caso de robo te indemnicen si se han llevado objetos personales… y hasta qué importe cubren.
8- Las cantidades límite que cada compañía está dispuesta a abonar para ´rescatar´ tu vehículo en caso de vuelco, caída en desnivel… Si el coste es superior, tendrás que abonar la diferencia.

*Valor de nuevo: Lo que cuesta ese coche nuevo, incluidos IVA e Impuesto de matriculación.
Valor de mercado: Cantidad en caso de comprarlo en el momento del siniestro, teniendo en cuenta su antigüedad en años, pero no sus kilómetros ni estado de conservación.
Valor venal o real: Valor en caso de venderlo en el momento del siniestro, teniendo en cuenta su antigüedad en años; no su kilometraje ni estado. Valor venal o real mejorado: Se parte del valor venal o real, al que la aseguradora suma un % de bonificación.

Seguros coche

Y si vas a contratar un todo riesgo con franquicia…ojo con el informe del perito

La franquicia es una cantidad de dinero fija que el asegurado tendrá que abonar en caso de que su vehículo sufra un siniestro del que él sea el responsable… mientras que la compañía pagará el resto de la reparación. Por ej., en un seguro con franquicia de 100 euros, si el asegurado se da un golpe cuya reparación sea de 180 euros, él pagará 100 euros y la compañía el resto. Si el coste arreglo es inferior a la franquicia, el asegurado siempre deberá hacerse cargo: por ej., con una franquicia de 100 euros, y en una reparación de 60 euros, el asegurado deberá abonar ese coste en su totalidad. Pero ojo, al contratar un todo riesgo -con o sin franquicia- y cuando el coche ha estado asegurado en otra compañía, es habitual que la aseguradora envíe uno de sus peritos a revisar el vehículo para ver si está en perfecto estado. Esto es lo que le ocurrió a uno de nuestros lectores al contratar una póliza con franquicia: «Un mes y medio antes de que me cumpliese la póliza de mi coche, solicité presupuestos en varias compañías para un seguro a todo riesgo con franquicia. Al final, acepté la oferta de Reale, que consistía en un todo riesgo con franquicia de 90 euros…por 703 euros anuales.

De entrada, ya me explicaron que el perito no podía ver el coche para valorar su estado hasta unos días antes de que caducase la póliza, pero yo sí que tuve que avisar a mi aseguradora de que no iba a renovar con un mes de antelación, tal y como marca la Ley. Mi anterior seguro vencía el 20 de junio y el perito no vio el coche hasta… ¡el 15 de junio! -y sólo tras mucha insistencia por mi parte-.

El problema surgió cuando el perito, y tras ver mi vehículo, emitió el informe el viernes 17 de junio; en él señalaba que el coche tenía daños por valor de 180 euros -desperfectos nimios en el paragolpes delantero y la puerta; ver foto 1 y 2- y, por ello, Reale exigía subir el coste de la franquicia a 300 euros…pero, eso sí -y a pesar de triplicar el valor de la franquicia-, no decía nada de bajar el precio de la póliza. Por supuesto, decidí no aceptar su oferta, a pesar de que sólo me quedaban tres días para que mi anterior seguro caducara -y con un fin de semana por medio; ¡me lo podían haber comunicado antes!- y, finalmente, renové con mi anterior compañía, Mapfre. Sirva esta carta para alertar a los lectores de lo que puede ocurrir al contratar un seguro».

Qué te ofrecen las principales aseguradoras

Hemos tomado como referencia los grupos aseguradores con más pólizas de seguro de automóviles en España, que son*: 1.- Mapfre, con sus marcas Mapfre y Verti; 2.- Grupo Allianz, con Fénix Directo y Allianz; 3.- Mutua Madrileña; 4.- AXA, con Direct Seguros y AXA; 5.- Línea Directa, con Línea Directa, Nuez Seguros y Penélope Seguros; 6.- Catalana Occidente, con las firmas Plus Ultra, Catalana Occidente y Seguros Bilbao; 7.- Reale; y 8.- Liberty, con Genesis, Regal y Liberty Seguros. De cada grupo, hemos cogido su marca o aseguradora con mayor penetración en el mercado nacional. Asimismo, tomamos como referencia el seguro a todo riesgo ´básico´ de estas compañía, ya que muchas aseguradoras ofrecen un todo riesgo con coberturas añadidas… pero más caro.

Seguros Coche

Seguros coche

*Precios para un Renault Mégane 1.5 dCi 105 CV de 2008, cuyo conductor tiene 35 años, más de 10 de carnet, está casado y vive en Madrid capital; logrados a 12/07/2016. Línea Directa y Génesis no ofrecen T.R. sin franquicia para ese vehículo. Reale no ofrece un T.R. para un coche de esa antigüedad. En Reale, la máxima bonificación es del 60% pero se puede lograr en menos de 10 años si vienes de otra compañía. En ese caso, Reale aumenta la bonificación en un 2% anual. **Se corresponde con lo que, en estas fechas, anuncian en TV como “el seguro con todo”. ***Es la apropiación de bienes sin el uso de la fuerza o de la violencia; por ej., te roban la cartera que dejaste dentro del coche… si lo dejaste abierto. ****Las aseguradoras recurren las multas en la vía administrativa. Si recurres hasta la vía judicial, ninguna te cubrirá los gastos de abogado.

Pero, ¿cuándo no te cubrirá tu compañía? ni aunque tengas un todo riesgo?

Si conduces ebrio o drogado: No te cubrirán si tienes un accidente… y se demuestra que tu estado fue determinante para causarlo. Y si conduces bajo esas condiciones y causas daños a terceros, tu seguro siempre se los abonará a las víctimas, pero luego podría reclamarte el pago de dicha indemnización.

Si tu coche no ha pasado la ITV: La compañía podría negarse a abonar cualquiera de tus daños, ya que el pasar la ITV es un requisito necesario para circular y tu coche incumplía «las obligaciones de orden técnico relativas al estado de seguridad del vehículo». Si causaste daños a terceros, tu aseguradora los pagará, pero podría reclamártelos.

Si chocas con un familiar: Las compañías creen que es un acuerdo al que habréis llegado para defraudar. Así, todas las aseguradoras no cubrirán los daños materiales sufridos en los bienes en los que resulten titulares «el cónyuge, o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad», así como los familiares «que convivan habitualmente con los implicados».

Si provocas un siniestro y no ayudas a un accidentado: Ninguna compañía te indemnizará por tus daños… dado que estarás cometiendo un delito; concretamente, el de omisión de socorro, penado con hasta un año de prisión y multa de hasta un año -el juez decretará la cantidad diaria que tendrás que pagar durante ese tiempo-. Eso sí, siempre pagarán, hasta un límite de 70 millones de euros, la indemnización por lesiones a las víctimas y el coste de los daños que hayas causado a sus vehículos.

Si se produce una catástrofe, guerra, ciclón…Ninguna aseguradora te indemnizará por «inundación, terremoto, erupción volcánica, ciclones, terrorismo, motines, manifestaciones o huelgas» y hechos declarados «como catástrofe o calamidad nacional». Tampoco si tu coche sufre «una modificación en su estructura atómica»; es decir, en caso de accidente nuclear. Sólo si tu póliza incluye una cobertura de daños propios -de robo, incendio o lunas-, te indemnizará el Consorcio de Compensación de Seguros -telf. 952 367 042-.