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Tasa de alcohol positiva, delgada línea roja entre multa y cárcel

La DGT está realizando esta semana una campaña de vigilancia de alcohol y drogas. En 2024 más de 50.000 conductores fueron condenados por conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas. ¿A partir de que tasa de alcohol es delito?

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha desplegado esta semana una nueva campaña especial de vigilancia y control del consumo de alcohol y drogas en carreteras españolas que se extenderá hasta el 20 de julio. No sólo la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, también las policías locales y autonómicas participan en esta campaña. Según la DGT, en 2024 más de 75.000 conductores dieron positivo y según la Fiscalía de Seguridad Vial más de 50.000 fueron condenados por conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas. La tasa de alcoholemia marca la diferencia.

Cada año, la DGT realiza estas campañas especiales en varios momentos del año, especialmente en Navidad y en los meses de verano. En la última campaña veraniega de 2024 se realizaron 225.946 pruebas de alcohol y drogas y 2.156 conductores dieron positivo a alcohol y otros 1.645 a drogas. Y 227 pasaron a disposición judicial por conducir con una tasa de alcohol positiva superior a la permitida por el Código Penal.

Cruzar la línea roja: ¿cuándo pasas de multa a delito?

Muchos conductores desconocen la delgada línea que separa una simple sanción administrativa de un proceso penal con posibles penas de cárcel. La diferencia puede estar en unas décimas que marcan destinos completamente distintos.

Según la Ley de Seguridad Vial, como norma general es sancionable conducir con tasas superiores a 0,25 mg en aire espirado y conlleva pérdida de puntos que varía en función del exceso y de la reincidencia.

Ley de Seguridad Vial, multa

Tasa de alcoholPérdida de puntosSanción económica
Entre 0,25 y 0,50 mg/l en aire (general)4 puntos500€
Entre 0,15 y 0,30 mg/l en aire (noveles/profesionales)4 puntos500€
Más de 0,50 mg/l en aire (general)6 puntos500€
Más de 0,30 mg/l en aire (noveles/profesionales)6 puntos500€
Reincidentes6 puntos1.000€

 

Código Penal, delito

El Código Penal en su artículo 379.2 considera delito conducir un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas, con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.

Luego 0,60 mg/litro de aire espirado/ 1,2 g litro de sangre marca el límite a partir del cual es considerado multa o delito.

 

Nueva tasa de alcohol mucho más baja

Y lo que hoy es legal, mañana será delito. La reforma de la Ley de Seguridad Vial que se tramita actualmente en el Congreso propone reducir drásticamente la tasa máxima permitida hasta el 0,1 En ningún caso se implementará la tasa 0,0 ya que según la propia DGT su aplicación práctica es inviable debido a que alimentos, medicamentos y bebidas “sin” pueden contener trazas de alcohol, lo que puede generar falsos positivos. 

Ahora bien, un límite 0,1 es en la practica un límite 0,0 que acercaría a España al «alcohol cero» ya implementado en otros países europeos como Noruega o Suecia.

 

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