Algunas compañías de alquiler, al formalizar el contrato, obligan al usuario a pagar todo un depósito de combustible antes de disfrutar del servicio. Así, si quiere aprovechar el dinero que se ha gastado, el conductor tendrá que usar el coche alquilado hasta dejar el tanque vacío. Dado que, según el CEC, se cobra un servicio «no usado de manera efectiva por el consumidor», se considera una práctica comercial abusiva. Tampoco gusta al CEC que los precios facilitados en las reservas on line no tengan en cuenta los costes adicionales por devolver el coche en una sucursal distinta o fuera de los horarios de oficina.
Por otra parte, algunas empresas realizan una inspección del vehículo cuando el cliente lo devuelven, y le hacen cargos por cualquier desperfecto, sin que el usuario haya podido estar presente en la revisión efectuada. Por último, es una violación de los derechos del cliente permitir solamente el pago con tarjeta de crédito, sin aceptar tarjeta de débito ni efectivo.
El estudio ha sido refrendado por las direcciones de Consumo de todas las comunidades autónomas. Si formalizaste un contrato de alquiler de un vehículo y contenía alguna de estas cláusulas, puedes realizar una reclamación o denunciarlo en tu Oficina Municipal de Información al Consumidor.