Control de alcoholemia al copiloto, ¿mito o realidad?

Hace unas semanas, surgió en las redes sociales un rumor que hacía alusión a una nueva medida de la DGT por la que los copilotos también estarían obligados a pasar el control de alcoholemia. ¿Verdad o mentira?


Por todos es de sobra conocido el intensivo control que está realizando la DGT para reducir la siniestralidad en las carreteras con motivo del consumo de alcohol y/o drogas al volante. De cada 100 accidentes mortales producidos en carretera, el alcohol está presente de un modo u otro en una cifra que oscila entre los 30 y los 50. De hecho, durante el año 2016 en torno al 40% de los conductores fallecidos en las carreteras españolas había consumido alcohol o drogas.

Los datos son claros, pero hace unas semanas en Internet surgió un rumor en el que se informaba que la DGT iba a aplicar una nueva medida de seguridad vial que consistía en realizar el control de alcoholemia también al copilo. La información, a priori, no tenía ningún sentido, ya que el máximo responsable del vehículo, así como de la seguridad de sus ocupantes y del resto de usuarios de la vía es única y exclusivamente la persona que se pone al volante.

Sin embargo, la información ganó en consistencia cuando se informó en diferentes medios que se hicieron eco de la noticia del motivo de esta nueva medida. Y es que, según habría informado la propia DGT, en los vehículos con más de un ocupante era bueno que, aunque el piloto no hubiese bebido, existiera en el coche en cuestión otra libre de alcohol por si durante el viaje el conductor pudiera sentirse indispuesto.

Ante la fuerza que estaba cogiendo la información y su difusión como información en la redes sociales, fue la propia Guardia Civil la que, a través de su perfil de Twitter, desmintió de manera oficial todo lo relacionado con el control de alcoholemia al copiloto de cualquier vehículo. «NO ES CIERTO. Aunque circule por Internet, lo de que se va a empezar a hacer el control de alcoholemia al copiloto es un #Bulazo #NoDifundas», escribió en Twitter la Guardia Civil.

De esta forma, la ley de tráfico actual continuará como hasta ahora y solo el piloto está obligado a someterse al control alcohol. Así, cabe recordar que el Reglamento General de Circulación establece que no se puede circular con un vehículo cuando la tasa máxima de alcohol en sangre sea superior a 0,5 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado superior a 0,25 miligramos por litro. Las sanciones pueden ir desde una multa de 500 euros y la retirada de 6 puntos del carné de conducir hasta una pena de prisión de 6 meses a 1 año de cárcel.

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