Si has conducido por la UE este verano, ¿sabes qué multas podrían llegarte a casa?

Precaución, amigo conductor, con las multas… incluso si circulas fuera de España. Y es que, aunque no seamos consciente de ello y sólo nos acordemos ‘de Santa Bárbara cuando truena’, hace muchos años que ya se acabó aquello de “las multas del extranjero no llegan a casa”.
Concretamente, se acabó en julio de 2015 cuando entró en vigor la directiva europea 2015/413, que “facilita el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial. Aunque hay que señalar que la información sobre infracciones de tráfico se limita a los países de la UE (Gran Bretaña, de inicio incluida, quedó fuera tras el Brexit) y para ocho únicas sanciones; quedando exentas de este acuerdo las multas de aparcamiento.
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Y ojo, no se trata de una cantidad de sanciones ‘residual’. No conocemos los datos exactos de infracciones cometidas por conductores españoles en otros países de la UE, pero la DGT si ha explicado que, en el último año, sí ha abierto “más de 250.000 expedientes sancionadores a conductores no residentes” que circulaban por nuestras carreteras. Así que, al menos en países limítrofes como Francia o Portugal, podemos suponer que la cifra de sanciones impuestas a conductores españoles podría ser parecida.

¿Qué multas cometidas en la UE podrán llegarte a casa?
En concreto, la directiva 2015/413 señala que los países de la UE podrán enviar a conductores de otro país miembro las multas correspondientes a las siguientes infracciones:
- Exceso de velocidad;
- No utilización del cinturón de seguridad
- No detención ante un semáforo en rojo
- Conducción en estado de embriaguez
- Conducir bajo la influencia de las drogas
- No utilización del casco de protección
- Circulación por un carril prohibido
- Utilización ilegal de un teléfono móvil o de cualquier otro dispositivo de comunicación durante la conducción
Cabe señalar que siempre que te sancionen por una infracción cometida en otro país, te deberán enviar una carta certificada (si no lo hacen, no constará como comunicada) y impondrán la sanción correspondiente a ese país. Por eso, nunca está de más que antes de viajar allí consultes posibles infracciones y su cuantía, puedes hacerlo utilizando esta app. O también, visitando las webs de tráfico de cada país; ejemplo, y para Francia la de la Sécurité Routière, o esta web de la UE que recopila la principal información de cada país (elige aquél en el que vas a conducir).

¿Qué debes hacer si te llega una multa de la UE a casa?
Cómo señala la DGT, si te llega la notificación de una sanción en un país de la UE, tendrás que dirigirte a la administración propia de ese país a través de su página web o en el consulado, para que te informen de cómo puedes pagar o alegar en tu defensa.
De cualquier forma y tal y como señalan desde la asociación Automovilistas Europeos Asociados, nunca podrás perder puntos por una infracción cometida en un país de la UE, ya que algunos países todavía no han incluido ese sistema de sanción y, por tanto no existe una concordancia total para exigir esa sanción a otros países que sí sancionen con ellos.

Sin embargo, esta asociación sí señala que, en algunos países que sí incluyen la retirada de puntos en su sistema sancionador (como Alemania, Italia, Francia o Bélgica), ya se está aplicando la retirada de puntos incluso a los conductores extranjeros. Pero no te preocupes, que como te indicamos, no te restarán puntos de tu carnet de conducir ‘español’. Ahora bien, lo que sí puede ocurrir es que si acumulas varias multas que supongan la retirada de puntos en esos países, podrías perder el derecho a conducir en ellos. Y si te para la policía en uno de estos países, ya sea con tu coche o con uno de alquiler, te lo inmovilizarán.
¿Tengo obligación de pagar las multas de la UE que me lleguen a casa?
Por regla general, y para evitarte problemas si vas a volver a conducir por esos países, te recomendamos que las pagues. Ahora bien, tal y como señalan desde el RACE a La Vanguardia, “en algunos casos depende del amonestado la voluntariedad de cubrir o no la cuantía interpuesta ya que en Europa no existen leyes que obliguen a su pago”.

Por otro lado, y desde AEA explican que “en algunos países, como, por ejemplo, Alemania u Holanda, donde las multas las imponen los juzgados y, en estos casos, la multa se podría ejecutar judicialmente en España por el juzgado penal del domicilio del infractor”. Ahora bien no es Hacienda la que reclama en estos casos, explican desde esta asociación, y, por eso mismo, en términos generales y con la legislación actual nunca te embargarán una cuenta por una sanción de un país extranjero (algo que sí puede llegar a hacer Hacienda si no abonas una sanción de la DGT).
Me han puesto la multa con un coche de alquiler, ¿supone alguna diferencia?
Pues en el ámbito legal, ninguna; ya que todas las compañías de alquiler tienen la obligación de facilitar los datos de los conductores infractores a las Administraciones de Tráfico de los países en los que se ha cometido una infracción…
Ahora bien, como señalan desde AEA, el hecho de que cometas una sanción con un coche de alquiler en un determinado país puede suponer que, además, la compañía de alquiler te imponga una cantidad (de aprox. hasta 60 euros, según alquiladora) como recargo. ¿La causa? Que te repercutirán los gastos de esta gestión, tal y como se recoge en la ‘letra’ pequeña de la mayoría de los contratos de alquiler de vehículos.