Y cómo circular por ciudad

Las multas que pueden poner a los ciclistas llegan hasta los 1.000 euros

Enrique Espinós
Enrique Espinós
Los ciclistas también pueden ser sancionados si no cumplen las normas de circulación que están establecidas. Unas multas que pueden llegar a ser de hasta 1.000 euros.

1.- Los ciclistas deben circular por el centro del carril

Como norma general, y para todos los vehículos (incluidas bicicletas), el Reglamento General de Circulación indica que “circularán por la derecha y lo más cerca posible del borde de la calzada”, sin embargo, casi todos los expertos en Tráfico recomiendan a los ciclistas que circulen por el centro del carril; además, muchas ordenanzas municipales de ciudades como Madrid obligan a ello.

¿El motivo? Evitar que, al circular por la derecha, los automovilistas tengan la tendencia a adelantarles sin dejar la distancia reglamentaria de 1,5 metros. Además, de este modo los ciclistas también se protegen de posibles aperturas de puertas de automóviles, de la invasión de la calzada por parte de peatones…

Multas ciclistas

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2.- La bicicleta está considerada, por Ley, como un vehículo y el ciclista como un conductor

Así, recuerda que pueden sancionarte si:

  • Te saltas un semáforo. Con 200 euros.
  • Si te metes en dirección prohibida. Con 200 euros; con 80 euros si incumples la prohibición de la señal R-114, que prohíbe únicamente la entrada a ciclos.
  • Si conduces utilizando auriculares o hablando por el móvil sin manos libres -no están permitidos tampoco los manos libres con cable y auriculares-. Con 200 euros.
  • Superas los límites legales de alcohol y drogas. Recuerda que, al conducir un vehículo, estás obligado a someterte a las posibles pruebas de alcohol y drogas que te soliciten los agentes de la autoridad; si no lo haces, podrán sancionarte con 1.000 euros.
  • Si te saltas los límites de velocidad. Las bicicletas (incluidas las que cuentan con motor eléctrico=, tienen un límite de 45 km/h en cualquier tipo de vía. Si bien podrán superar esta velocidad, según el art. 48.42e del Reglamento de Circulación, “en aquellos tramos de la vía en los que las circunstancias permitan desarrollar una velocidad superior”. ¿A qué tramos se refiere? Por ejemplo, a los descensos. Según en cuánto superes el límite de velocidad, podrían llegar a multarte con entre 100 y 600 euros.

Sanciones a ciclistas por alcohol y drogas

Multa

Por alcoholemia

Por drogas

500 euros

Si en aire espirado superas los 0,25 mg/l; 0,15 mg/l si eres novel o profesional.

 

1.000 euros

Si en aire espirado superas los 0,50 mg/l o los 0,30 mg/l si eres novel o profesional. Si, además, superas los 0,60 mg/l, podrán acusarte de un delito contra la Seguridad Vial*.

Si te niegas a realizar la prueba o, independientemente de tu tasa, si ya te sancionaron por alcoholemia en los 12 meses anteriores a la infracción.

 

Si das positivo. Se considera un delito contra la Seguridad Vial*.

Si te niegas a realizar la prueba.

 

*Sancionado con de 3 a 6 meses de cárcel o una multa diaria -la establecerá el juez- de seis a 12 meses, trabajos sociales de 31 a 90 días y la pérdida del carnet de 1 a 4 años.

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3.- ¿Cómo deben señalizar su presencia los ciclistas?

En la bicicleta: El Reglamento General de Vehículos, en su artículo 22, indica que, para circular de día, las bicicletas y los ciclistas no han de llevar ninguna iluminación. Si bien “de noche, en túnel o cuando las circunstancias meteorológicas o ambientales disminuyan sensiblemente la visibilidad”, la cosa cambia y es obligatorio que dispongan de luz de posición delantera (de color blanco) y trasera (de color rojo). Además, opcionalmente podrán contar con: catadióptricos de color amarillo en los radios de las ruedas y en los pedales. Ten en cuenta que la sanción por no llevar en un vehículo los dispositivos de alumbrado y señalización óptica obligatorios es de 200 euros.

Ojo a los dispositivos con luz intermitente (a la venta, por ej. en grandes superficies deportivas), están prohibidos por el Reglamento de Vehículos y el que lleves uno instalado podría llegar a suponerte una sanción de 200 euros. Ahora bien, los agentes de la autoridad no suelen multar su instalación… dado que se trata de una medida de seguridad.

En su cuerpo: No existe ninguna normativa respecto a la vestimenta de los ciclistas, incluso cuando circulen de noche o en condiciones de baja visibilidad. Eso sí, por motivos de seguridad, siempre es recomendable que lleven ropa de color claro o, incluso, elementos reflectantes -por ej., no te multarán si llevas, encima de la ropa, el chaleco reflectante-.