A partir del 1 noviembre se podrá seguir comercializando neumáticos poco eficientes durante 30 meses

La Asociación Nacional de Distribuidores e Importadores de Neumáticos ha confirmado que existe un error en la transcripción del apartado 11 del artículo 13 de la versión española del Reglamento 661/2009 con respecto a la versión inglesa.


ACTUALIZACIÓN. A partir del 1 de noviembre se podrán seguir adquiriendo neumáticos poco eficientes para turismos y vehículos industriales ligeros durante 30 meses. Así lo ha confirmado la Asociación Nacional de Distribuidores e Importadores de Neumáticos (ADINE).

La asociación justifica que existe un error de transcripción del apartado 11 del artículo 13 de la versión española del Reglamento 661/2009 con respecto a la versión inglesa y el resto de lenguas oficiales de la UE. Concretamente, la versión española dice lo siguiente:

«11. Los neumáticos C1, C2 y C3 fabricados antes de las fechas establecidas en los apartados 2, 3, 5 y 6 y que no se ajusten a los requisitos del anexo II podrán ser vendidos por un período no superior a 30 meses a partir de dichas fechas».

Sin embargo, el apartado 11 del artículo 13 en las restantes lenguas oficiales se dice textualmente lo siguiente:

«11. C1, C2 and C3 tyres that were manufactured prior to the dates set out in paragraphs 5, 6, 9 and 10 and which do not comply with the requirements of Annex II may be sold for a period not exceeding 30 months from those dates».

Es decir, en la transcripción de la versión española del citado Reglamento ha sido omitido el apartado 9 del artículo 13, el cual fija el cómputo de moratoria de 30 meses, a partir del 1 de noviembre de 2018 para los neumáticos de clase C1 y C2, que engloba a los neumáticos de turismo (C1) con los límites a la resistencia a la rodadura en fase 2 (10,5 kg/tonelada) y camioneta (C2) de la clase E con los límites de la resistencia a la rodadura en fase 2 (9,0 kg/tonelada).

Será legal su comercialización hasta el 1 de mayo de 2021

En resumen, todos los neumáticos producidos a partir de esa fecha, deben llevar marcado 02XXXXS2WR2 (donde 02 es la emmienda, XXXX es la contraseña propia del tipo de neumático, S2 indica que cumple fase 2 de ruido, W cumple adherencia en mojado y R2 fase 2 de resistencia a la rodadura). Y por el contrario, los neumáticos que se encuentren en stock y lleven marcado R1 en fase de resistencia a la rodadura tendrán una moratoria de 30 meses a partir del 1 de noviembre de 2018.

Por tanto, una vez revisada la norma en su versión oficial y no su transcripción, se puede concluir que estos neumáticos pueden seguir siendo comercializados hasta el 1 de mayo de 2021. ADINE ha presentado sendos escritos tanto al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, así como al Parlamento Europeo y la Comisión Europea, a fin de que corrijan de forma urgente el error padecido en la transcripción española del citado Reglamento 661/2009.

Esta medida, además de buscar un menor impacto ambiental a través de menos emisiones, también va a repercutir positivamente en nuestro bolsillo, ya que un neumático con una baja resistencia a la rodadura ayuda a tener un mejor consumo de combustible. Como indica José Luis Rodríguez, director de la Comisión Nacional de Neumáticos, «los neumáticos de baja resistencia a la rodadura juegan un papel esencial a la hora de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero derivadas del tráfico por carretera». Así, el 20% del consumo de combustible de nuestros coches está directamente relacionado con la banda de rodadura, como recuerda este organismo.

Para conocer la calificación energética tan solo hay que echar un vistazo a la etiqueta europea del neumático, que desde 2012 ayuda a los usuarios a conocer el rendimiento del producto en tres aspectos clave: frenada sobre mojado, resistencia a la rodadura y nivel de ruido. Para Rodríguez, «la etiqueta del neumático es una herramienta fundamental a la hora de equipar nuestros vehículos con unos neumáticos que nos aporten las mejores prestaciones: que sean a la vez seguros, duraderos, eficientes y respetuosos con el medio ambiente».

Una medida que también afecta a vehículos industriales

Esta norma también se hace extensible a los vehículos industriales ligeros -camionetas y furgonetas-. Para este tipo de vehículos, no se podrán vender neumáticos con el distintivo «E» con un coeficiente de resistencia a la rodadura superior a 9. Si el coeficiente es menor, sí que estará permitida su comercialización después del periodo de moratoria.

 

[sf_btn type=»newsletter» txt=»¿Quieres recibir nuestra newsletter?Haz clic aquí» url=»https://news.luike.com/registro-autofacil-luike-news»]

Scroll al inicio