Están obligados a guardar respecto al ciudadano

¿Cómo reclamar si se sobrepasa en su actuación un agente de la autoridad?

Autofácil
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Si un agente te levanta la voz o te habla con un lenguaje inapropiado, estará incumpliendo la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que en su artículo 5.2 establece que los miembros de estas fuerzas han de “observar en todo momento un trato correcto y esmerado en sus relaciones con los ciudadanos". Pero, ¿qué puedes hacer? Mario Arnaldo, presidente de Automovilistas europeos Asociados, responde a la pregunta.


Si tienes cualquier duda sobre si un agente ha actuado de acuerdo a la legalidad -por ejemplo, si se ha excedido en su cometido o si te ha amenazado- o estimas que ha actuado con desconsideración -te ha insultado, se ha burlado de ti o se ha mostrado descortés-; puedes reclamar de dos formas:

  1. Acude al Juzgado de Guardia más próximo o, si no existe, a cualquier comisaría o cuartel de la Guardia Civil para exponer los hechos: allí tienen la obligación de realizar una denuncia y entregarte copia de la misma. Arnaldo aconseja además que, “si quieres que la denuncia prospere, es muy recomendable que aportes pruebas: por ejemplo, testimonios de personas que vieran lo que ocurrió, incluso si te acompañaban en el coche o son familiares”. Pero Arnaldo avisa: “Si la actuación del agente no es constitutiva de delito o falta, el juez archivará la denuncia”.

  2. Si, además, quieres que le abran un expediente disciplinario al agente, “deberás escribir una queja a su mando superior -si se trata de un Policía Municipal, al Alcalde del Municipio; si es un Agente de la Guardia Civil, a la atención del Director General de la Guardia Civil –c.Josefa Varcárcel nº 44, CP 28027, Madrid– explicando lo sucedido e identificando al agente: si te puso una sanción, encontrarás su número de placa en el boletín de la denuncia; si no lo hizo, siempre tiene la obligación de identificarse cuando se lo pidas… pero, si no dispones de ese dato, puedes indicar el lugar y hora donde estaba realizando el servicio. Al igual que en el primer caso, es recomendable aportar pruebas”, finaliza Arnaldo.