Con la Nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid en vigor, conviene conocer cuándo podemos circular o cuándo no en la capital en base al etiquetado ambiental de nuestro vehículo. En esta serie de artículos encontrarás toda la información.
La Nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible aprobada por el Ayuntamiento de Madrid contiene, entre otras medidas, una clasificación de los vehículos más contaminantes a través de un etiquetado y hasta 5 tipos de escenarios anticontaminación. Dependiendo de estos escenarios, podrán acceder o no a la capital -así como aparcar en la zona SER- unos determinados vehículos.
Para solucionar tus dudas, hemos elaborado este artículo para explicar de manera clara las zonas por las que se puede circular en base a esos 5 tipos diferentes de escenario. En este caso en concreto, vamos a profundizar en aquellos vehículos que cuenten con la etiqueta ambiental B amarilla.
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El distintivo B corresponde a cualquier turismo o furgoneta de gasolina matriculado a partir de 2000 o diésel matriculado después de 2006, vehículos de alta ocupación (8 pasajeros) y pesados matriculados a partir de 2005. Además, deberán cumplir con la norma Euro 3 en el caso de los modelos gasolina y Euro 4 o Euro 5 para las variantes diésel.
ESCENARIO | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 |
Velocidad en M30 y accesos | 70 km/h | 70 km/h | 70 km/h | 70 km/h | 70 km/h |
¿Puedo circular por la M30 y la almendra central? | Sí | Sí | Sí | No | No |
¿Puedo circular por el resto de Madrid? | Sí | Sí | Sí | Sí | No |
¿Puedo aparcar en la zona SER? | Sí | No | No | No | No |
Hay que destacar que la velocidad máxima permitida en la M-30 y los accesos a Madrid mientras algún escenario esté activado se reducirá a 70 km/h.
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