¿Los coches sin etiqueta de la DGT pueden circular por la M-30 en 2022?

Antes de nada, merece la pena recordar que los vehículos sin etiqueta medioambiental son aquellos con motor de gasolina matriculados antes del 2000 y los modelos diésel matriculados antes de 2006. Como norma general, este tipo de vehículos no pueden acceder a las zonas de bajas emisiones de la capital, aunque existen excepciones.
En Madrid, aún con la entrada en vigor de la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible, que ahora se llama Madrid 360, los vehículos sin el distintivo ambiental de la DGT (categoría A) no tiene permitido el acceso a la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP), algo que no sólo afecta al Distrito Centro, sino también a Plaza Elíptica, que ya se encuentra en periodo de prueba y entrará en vigor para febrero de este mismo año.

De esta manera, todos estos vehículos sin etiqueta que no figuren en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid, tienen prohibido circular por la M-30. En definitiva, estas limitaciones afectan a todos los modelos procedentes del resto de la Comunidad de Madrid y a los que lleguen de otros municipios de España.
Como excepción, sí podrán continuar accediendo al interior de la M-30 los vehículos destinados al reparto urbano de mercancías, los vehículos adaptados para ser conducidos o trasladar a personas con movilidad reducida, los coches históricos, los vehículos de emergencias y los de las fuerzas armadas. Para poder beneficiarse de esta ventaja, todos estos vehículos que acabamos de enumerar deberán registrarse en el sistema de gestión de accesos a Madrid ZBE.
¿Cuál es la multa por sobrepasar la M-30 con un vehículo no autorizado?
Hasta el próximo 1 de marzo de 2022, el Ayuntamiento de la Comunidad de Madrid no multará a ningún infractor que sea detectado por el sistema automático de cámaras. Durante un periodo de gracia de dos meses, el consistorio de la capital enviará una carta informativa al domicilio de los conductores que hayan sido identificados accediendo a una ZBE restringida.
Estos controles se reforzarán con la presencia de agentes de movilidad que sí tienen potestad para imponer multas a todos aquellos vehículos que no cumplan con los requisitos para acceder a las zonas con restricciones. La multa por un acceso no autorizado con un coche sin etiqueta es de 90 euros. A partir del 21 de marzo se convertirá en una infracción grave, la cual conlleva una sanción económica de 200 euros.