¿Cuál es la multa por circular con una bicicleta o un patinete eléctrico por la acera?

Circular por la acera es una costumbre que, aún prohibida ya en el Reglamento General de Circulación (RGC), sigue siendo muy común entre los usuarios de patinetes eléctricos y bicicletas. Debido al peligro que suponen este tipo de vehículos para los peatones, la Dirección General de Tráfico ha lanzado una campaña especial de vigilancia para controlar esta mala práxis.
Anunciada la semana pasada, durante el VI Encuentro de Ciudades por la Seguridad Vial y la Movilidad Sostenible, esta campaña de la DGT arrancó el pasado 25 de octubre y se extenderá hasta el próximo 7 de noviembre en las ciudades de Madrid, Sevilla, Valencia, Zaragoza y Málaga. Asimismo, contó con el apoyo de organismos como la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), la Red de Ciudades que Caminan, el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) y la Confederación Española de Organizaciones de Mayores.
Cabe destacar que desde el pasado 2 de enero, coincidiendo con la entrada en vigor del RGC, los vehículos de movilidad personal (VMP) fueron incluidos por primera vez en dicho documento y se delimitaron las zonas por las que pueden circular. A ser reconocidos como vehículos, ya no pueden circular por las aceras (salvo que sus usuarios vayan andando con el VMP al lado).
La campaña, denominada “No pasa”, quiere dar a conocer esta norma tan importante para poder reducir al máximo los accidentes en las aceras. “Hay que reforzar la idea del respeto de las normas que garantizan una movilidad segura. Por este motivo y con el foco puesto en proteger al usuario más vulnerable, no solo en la calzada, sino también en las aceras se ha desarrollado esta acción”, explican desde Tráfico.
200 euros de multa
Varios Agentes de Movilidad en las ciudades mencionadas se encargarán de controlar que los usuarios de VMP no circulan por las aceras. Aquellos que lo hagan y sean pillados serán sancionados con 200 euros. Además, como vehículo, sus usuarios serán sometidos a las mismas pruebas de alcoholemia o drogas.
Asimismo, en Madrid, con la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible, el uso de casco será obligatorio en vehículos de movilidad personal (VMP) para menores de 18 años, mientras que los menores de 15 años podrán circular en VMP siempre y cuando vayan acompañados (en otro VMP) por sus padres o un tutor. En este sentido, las bicicletas y VMP no podrán aparcar en la acera salvo que esté señalizado.
Tampoco podrán circular por túneles si no hay un carril específico y, en el caso de las bicicletas, se ha reducido de 20 a 15 km/h la velocidad máxima en las sendas ciclables, donde tendrá prioridad el peatón. Eso sí, podrán circular en ambos sentidos de la marcha en ciclocalles, calles residenciales y de plataforma única limitadas a 20 km/h, donde además tendrán prioridad de paso. La distancia que debe guardar un ciclista respecto de un peatón o una fachada pasa de metro a metro y medio y ahora se permite a estos vehículos circular por parques y jardines con caminos de más de tres metros de ancho.