El pasado domingo 25 de octubre, tras la celebración de un Consejo de Ministros extraordinario, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció el decreto de un nuevo estado de alarma nacional con el objetivo de contener la propagación de infecciones causadas por el coronavirus. Una de las medidas que incluye el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, es la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno (salvo en las Islas Canarias, con un índice de contagio mucho menor).
En el caso de los cierres perimetrales de territorios, sólo se permite entrar o salir de la zona confinada para realizar una serie de actividades esenciales. Entre ellas, comprar medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad; acudir a centros médicos o veterinarios de urgencia; ir al trabajo; cumplir con obligaciones profesionales, empresariales, institucionales o legales; asistir al cuidado de personas dependientes; por una causa de fuerza mayor; repostar el vehículo para llevar a cabo alguna de las mencionadas actividades; y regresar al domicilio tras realizar alguna de las salidas autorizadas.
Más allá de estos supuestos, el BOE también recoge como actividades esenciales acudir a un centro educativo; ir a entidades financieras y de seguros; llevar a cabo actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales; renovar permisos, documentación oficial y otros trámites administrativos; y realizar de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
Durante los últimos días, la presencia policial se ha reforzado y ahora los agentes podrán requerir a los conductores el motivo de su desplazamiento. De esta manera, los ciudadanos deben cerciorarse de que pueden justificar adecuadamente su salida ante el posible requerimiento de la autoridad.
La Comunidad de Madrid compartió un modelo orientativo de certificado para justificar la entrada y salida de las zonas afectadas por la Orden 1178/2020, de 18 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, por razones laborales o profesionales. Puedes descargarlo aquí. En el documento, debe constar la fecha del desplazamiento, el nombre y DNI de la persona que realiza el desplazamiento, así como los datos de la empresa a la que presta sus servicios. Sin embargo, hay otros muchos supuestos que acreditan salir con su correspondiente justificante. A continuación, te los mostramos todos.
- Asistencia a centros sanitarios: valdrá como justificante cualquier comunicación o documento que acredite que se tiene una cita con un médico o especialista.
- Asistencia a centros de estudio: el afectado podrá pedir a la administración de su centro de estudio un justificante. También vale el carné del propio centro.
- Vuelta al domicilio habitual: si el Estado de Alarma nos ha pillado fuera del domicilio habitual, podremos enseñar el certificado de empadronamiento o el propio DNI para justificar el retorno a nuestro lugar de residencia.
- Cuidado de personas mayores/menores o con discapacidad: cualquier documento que demuestre que demuestre que la persona que se va a cuidar requiere de cuidados o atenciones especiales bastará para acreditar el desplazamiento.
- Acudir a entidades financieras y de seguros: el propio banco o aseguradora emitirá un justificante para que puedas mostrarlo a las autoridades pertinentes.
- Requerimientos en órganos públicos: las citas previas -en el teléfono o impresas- sirven como justificante; sucede algo parecido para aquellos que tengan que renovar cualquier tipo de documentación oficial, quienes recibirán un justificante.
- Realización de exámenes oficiales: en el caso del carnet de conducir, la DGT emitirá un justificante.
- Por causas de fuerza mayor: aunque no están contempladas y no cuentan con justificante como tal, la decisión de multar o no dependerá, en última instancia, de la autoridad competente.
Multas por saltarse el confinamiento perimetral
En las áreas donde se han decretado restricciones de movilidad también se han establecido sanciones económicas para todo aquel que las incumpla. Los agentes podrán imponer sanciones económicas que oscilan entre los 600 y 60.000 euros.
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