DGT multas control de alcohol y drogas

Da positivo en un control de alcoholemia, denuncia a la policía por obligarle a soplar y gana el juicio

Tras dar positivo en un control de alcoholemia y negarse a realizar un segundo test, el conductor denunció a la policía y ha ganado el juicio.

Desde el punto de vista legal, tanto el dar positivo en un control de alcoholemia como negarse a someterse a la prueba está sancionado con multas que pueden llegar hasta los 1.000 euros, seis puntos menos del carnet de conducir e, incluso, su retirada y hasta con penas de prisión.

En este caso, el conductor aceptó someterse a la primera prueba, pero después pasó a negarse a soplar en el control de alcoholemia y optó por denunciar a la policía. Lo sorprendente es que este hombre ha ganado el juicio, puesto que el juez ha considerado que tenía razón.

Sufre un accidente, da positivo y sale indemne

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Los hechos ocurrieron en la localidad madrileña de Paracuellos del Jarama en noviembre de 2023. La Policía Local recibió un aviso de que una moto había sufrido un accidente en la Avenida de los Hoyos y fue hasta el lugar del suceso.

Cuando llegaron al punto en el que se había producido el accidente, los agentes se encontraron sentado al motorista que había sufrido la caída. Sin embargo, en el momento en el que el conductor se puso de pie la Policía percibió que le costaba hablar y caminar y, ante esto, decidió someterle a un control de alcoholemia.

En el primer test de alcoholemia, el resultado fue de 0,47 mg/l; es decir, la tasa de alcohol en aire espirado casi doblaba el límite legal de alcoholemia en España, que es de 0,25 mg/l. De forma que los agentes consideraron que el motorista se tenía que someter a una segunda prueba.

El conductor de la motocicleta intentó hacer el segundo test de alcoholemia, pero no soplaba correctamente. Así que la Policía le indicó que le iban a llevar al Hospital Reina Sofía de San Sebastián de los Reyes para que allí le hicieran las pruebas que determinaran si iba o no bajo los efectos del alcohol.

En el hospital, los médicos diagnosticaron que el conductor tenía seis costillas rotas y el pulmón perforado debido a la caída sufrida con su motocicleta. Por lo tanto, no pudo soplar para realizar el control de alcoholemia por incapacidad física.

Los agentes denunciaron al piloto de la moto por un delito contra la seguridad vial y, por su parte, el afectado decidió denunciar a la Policía por someterle a las pruebas de alcoholemia a pesar de que no podía inspirar ni espirar debido a su heridas.

Qué dice la sentencia del juez

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El juzgado de Instrucción número 3 de Torrejón de Ardoz ha dictado el sobreseimiento de la causa abierta contra el conductor de la motocicleta por un delito contra la seguridad vial.

Como recogen desde Europa Press, el juez ha considerado «la existencia de problemas de salud que, bien le impedían inspirar o espirar lo suficiente para llevar esa prueba a su fin, bien le suponían un dolor real derivado de las múltiples patologías sufridas tras el accidente como impedimento a la realización de dicha prueba, tal como se expone por la médico forense».

Así mismo, el juez indica que «no aparece debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado lugar a la formación de la causa» puesto que el conductor no se negó a soplar en el control de alcoholemia sino que no pudo hacerlo debido a las heridas.

¿Cuál es la multa por dar positivo en un control de alcoholemia?

tasa de alcoholemia
Tasas de alcoholemia de las bebidas más habituales. Fuente: DGT

La tasa de alcoholemia representa el volumen de alcohol que hay en la sangre y se mide en gramos de alcohol por cada litro de sangre (g/l) o su equivalente en aire espirado (mg/l). 

La normativa española establece las siguientes tasas de alcoholemia permitidas para los conductores; en el caso de los noveles (aquellos con menos de dos años de carnet de conducir) y los profesionales son menores:

Tipo de conductorTasa de alcohol en sangreTasa de alcohol en aire espirado
General0,5 g/l0,25 mg/l
Noveles y profesionales0,3 g/l0,15 mg/l

En cuanto a las multas que conlleva llevar una tasa de alcoholemia superior a la permitida son las siguientes:

  • Entre 0,25 mg/l y 0,50 mg/l (entre 0,15 y 0,30 mg/l para noveles y profesionales): 500 euros y la retirada de cuatro puntos en el carnet de conducir. Si el conductor es reincidente, la multa será de 1.000 euros.
  • De más de 0,50 mg/l (0,30 mg/l para noveles y profesionales): 1.000 euros y la pérdida de seis puntos en el permiso de conducir.
  • Superior a 0,60 mg/l: La infracción administrativa pasa a considerarse un delito contra la seguridad vial castigado con penas de prisión de tres a seis meses, multa de seis a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de uno a tres meses; además, se perderá el carnet de conducir durante un periodo de entre uno y cuatro años.
  • Negarse a soplar en un control de alcoholemia: Se considera una infracción muy grave y se establecen penas de prisión de seis meses a un año, y la retirada del carnet de conducir de uno a cuatro años.
  • Consumo de drogas: 1.000 euros y retirada de seis puntos. Si se conduce bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, el conductor se enfrenta a un delito castigado con una pena de prisión de tres a seis meses, multa de seis a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de uno a tres meses; además de la retirada del carnet por un periodo de entre uno hasta cuatro años.
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