Por España todavía circulan muchos coches sin pegatina de la DGT. Y a estos vehículos son a los que afectan las restricciones a la circulación, acceso y estacionamiento en las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) que se están implantado, o van a hacerlo durante 2023, en las ciudades españolas con más de 50.000 habitantes. En total, se trata de 149 localidades las que este año tendrán que poner en marcha sus ZBE.
En el caso de Madrid y las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) de la ciudad, las restricciones a los vehículos sin pegatina de la DGT están vigentes desde el año 2018, cuando se puso en funcionamiento la primera Ordenanza que desarrolló Madrid Central… y que, más tarde, fue actualizada en 2021. En concreto, ese año Madrid Central pasó a llamarse Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro, que se puso en marcha el 22 de septiembre de 2021.
Con la norma que entró en vigor en 2021, los vehículos sin pegatina de la DGT tienen las siguientes restricciones:
- Desde el 1 de enero de 2022: los turismos sin pegatina de la DGT y que no estén domiciliados en la ciudad no pueden acceder ni circular por las vías públicas urbanas del interior de la M-30. Eso sí, sí pueden circular por la propia M-30.
- Desde el 1 de enero de 2023: se prohíbe a los vehículos sin etiqueta medioambiental tanto el acceso al interior de la M-30 como la circulación por esta vía de circunvalación; aunque las cámaras que vigilan la entrada empezaron a funcionar en septiembre y no multarán hasta el 14 de enero de 2024.
- Próximamente, desde el 1 de enero de 2024: los coches sin pegatina de la DGT tendrán prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid.
- Por último, a partir del 1 de enero de 2025, la prohibición de circulación por todo el término municipal de Madrid se extenderá a cualquier turismo sin pegatina de la DGT; aunque esté domiciliado en la ciudad.
Sin embargo, existen algunas excepciones que permiten a los coches sin etiqueta u otro tipo de vehículos acceder, circular y estacionar en estas Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) de Madrid.

Qué vehículos sin pegatina de la DGT sí pueden entrar a Madrid
Hasta el 31 de diciembre de 2024, el Ayuntamiento de Madrid permite acceder y circular a algunos vehículos que no tengan pegatina de la DGT. Se trata de aquellos que no son turismos, esto es camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores que, hasta esa fecha, no tendrán ninguna restricción.
Además, a partir del 1 de enero de 2025, sólo podrán circular por el término municipal de Madrid determinados vehículos sin pegatina de la DGT, que son los siguientes:
- 1.- Los vehículos que tengan la consideración de históricos, según está establecido en el Reglamento de Vehículos Históricos.
- 2.- Aquellos vehículos adaptados o no, pero que se utilicen para el traslado de personas con movilidad reducida, o cuyo titular sea una persona con minusvalía. Estos vehículos tienen que estar registrados en el sistema de gestión de accesos a ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’ y también disponer de la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
- 3.- Vehículos de emergencias (por ejemplo, los camiones de bomberos) y de las Fuerzas Armadas
Qué vehículos sin pegatina de la DGT pueden entrar a Madrid Distrito Centro
Madrid Distrito Centro, el antiguo Madrid Central, es una ZBEDEP (Zona de Bajas Emisiones De Especial Protección) que cuenta con sus propias restricciones particulares para el acceso de los vehículos. Así, a Madrid Distrito Centro sólo pueden acceder determinados vehículos sin pegatina de la DGT, que enumeramos a continuación:
1.- Motos o ciclomotores, pero sólo si el titular de esos vehículos está empadronado en el Distrito Centro.
2.- Los turismos sin pegatina de la DGT no pueden acceder salvo si…
- El titular del vehículo está empadronado en el Distrito Centro. Si el vehículo es de su propiedad, este deberá estar domiciliado en la ciudad de Madrid.
- Sean vehículos de empresas o autónomos que ejerzan su actividad en un local u oficina ubicada en Distrito Centro.
- Sean vehículos destinados al transporte de personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
- Se trate de vehículos que sean utilizados para dejar o recoger alumnos de educación infantil, primaria, y de secundaria cuyas necesidades exijan disponer de un vehículo.
Qué vehículos sin pegatina de la DGT pueden entrar a la ZBEDEP de Plaza Elíptica

La ZBEDEP de Plaza Elíptica es otra ZBE de Especial Protección que tiene una regulación diferente a la ZBE de Madrid y a Madrid Distrito Centro. Ambas ZBEDEP se establecieron porque en estos puntos los problemas de contaminación son más acusados. Por eso, a la ZBEDEP Plaza Elíptica (que entró en vigor el 22 de diciembre de 2021) sólo pueden acceder los siguientes vehículos sin pegatina de la DGT:
1.- Motos o ciclomotores, pero sólo si el titular de esos vehículos está empadronado en los barrios de Abrantes, Opañel, Comillas, Moscardó y Zofio.
2.- Los turismos sin pegatina de la DGT no pueden acceder a la ZBEDEP Plaza Elíptica salvo que…
- El titular del vehículo esté empadronado en los barrios de Abrantes, Opañel, Comillas, Moscardó y Zofio. Si el vehículo es de su propiedad, éste debe estar domiciliado en la ciudad de Madrid.
- Sean vehículos de empresas o autónomos que ejerzan su actividad en un local u oficina ubicada dentro del perímetro de la ZBEDEP de Plaza Elíptica.
- Sean vehículos destinados al transporte de personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
- Se trate de vehículos que sean utilizados para dejar o recoger alumnos de educación infantil, primaria, y de secundaria cuyas necesidades exijan disponer de un vehículo.
- Sean vehículos con una MMA (Masa Máxima Autorizada) de más de 3.500 kg y su destino se ubique en el interior de Plaza Elíptica.
¿Dónde pueden estacionar en Madrid los vehículos sin pegatina de la DGT?
Los vehículos sin pegatina de la DGT no pueden estacionar dentro de la zona SER o de estacionamiento regulado, aunque existen tres excepciones a la norma anterior:
- Los residentes, que pueden estacionar en su barrio de residencia.
- Que se trate de vehículos destinados al transporte de personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
- Que se trate de vehículos de dos o de tres ruedas.

Protocolo por alta contaminación: ¿cuándo pueden circular los coches sin pegatina de la DGT?
Cuando el protocolo de alta contaminación alcance el escenario 2 (esto es, dos días consecutivos superando el nivel de preaviso por contaminación o un día en nivel de aviso), los vehículos sin pegatina de la DGT no pueden, en general y salvo algunas excepciones, estacionar en las plazas y horarios de la zona SER.
Además, a partir del escenario 3 (3 días consecutivos superando el nivel de preaviso o dos días consecutivos el nivel de aviso), tendrán prohibido circular por todo el término municipal de Madrid.
Cuál es la multa por entrar a una Zona de Bajas Emisiones
Circular por una Zona de Bajas Emisiones (ZBE) con algún vehículo que tiene prohibido su acceso conlleva una sanción de 200 euros, según se estableció con la reforma de la Ley de Tráfico del 21 de marzo de 2022.

Síguenos en nuestras redes X, Facebook, TikTok e Instagram, o en nuestro canal de YouTube donde te ofrecemos contenidos exclusivos. Y si te apuntas a nuestra Newsletter recibirás las noticias más destacadas del motor.
