El riesgo de llevar chanclas en el coche: la multa de la DGT y algo peor

Cristina Muñoz
Cristina Muñoz
En verano llevar chanclas es lo más habitual para no pasar calor, pero existen algunos modelos de chanclas que pueden resultar peligrosos si nos ponemos al volante con ellas.

En primer lugar, debemos aclarar que conducir con chanclas no es una infracción que esté recogida como tal en el Reglamento General de Circulación (RGC). Sin embargo, si conduces con chanclas o, incluso, si vas descalzo sí pueden llegar a sancionarte.

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¿El motivo por el que te pueden multar? El agente podría determinar que se trata de una conducta peligrosa si considera que las chanclas que llevas puestas pueden entorpecer el uso de los pedales, o de reducir la capacidad de reacción.

La cuantía de esta multa alcanza los 80 euros y la razón descrita en el Reglamento General de Circulación sería por «conducir un vehículo sin mantener la propia libertad de movimientos» (así se indica en el artículo 18.1). De esta forma, el agente consideraría que las chanclas te impiden controlar bien los pedales.

Así mismo, en el artículo 17.1 establece que «los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos». Si conduciendo con chanclas, un agente te para y cree que puedes incumplir esta norma, puede sancionarte con 80 euros.

Sin embargo, la infracción puede ser más grave, ya que podrían llegar a sancionarte con 200 euros por «conducir sin la diligencia, precaución y no distracción necesarios para evitar todo daño propio o ajeno», según indica el artículo 3.1 del Reglamento de Circulación. Es decir, que prohíbe conducir de modo negligente o temerario.

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Conducir con chanclas puede provocar un accidente

Aunque la situación puede ser bastante peor que el hecho de recibir una multa. Y es que conducir con cierto tipo de chanclas que van abiertas o ir descalzo también puede provocar que suframos un accidente. Por ejemplo, si la chancla se engancha en el pedal o se nos escurre puede ocasionarnos un momento de descontrol sobre los pedales.

En resumen, conductas como conducir con chanclas o descalzo no suponen una infracción al Reglamento por sí mismas, pero sí se considerarán así cuando impidan la libertad de movimientos del conductor, el control del vehículo o generen peligro para el conductor o para el resto de usuarios de la vía.

Desde la Unidad de Ordenación Normativa de la Dirección General de Tráfico (DGT) aseguran que «la denuncia se produce no por comer, beber, ir descalzo…, sino porque esa actividad concreta ha afectado a la seguridad de la conducción».

Si quieres conocer otras multas que son muy habituales en verano, no te pierdas este otro reportaje al que puedes acceder desde aquí.