Para mejorar la seguridad vial, la Comisión Europea ha introducido en la UE un código armonizado de dispositivos de bloqueo por alcoholemia en los permisos de conducción. La nueva Directiva de la UE entra en vigor el 15 de mayo de 2015. Los estados que no disponen de dispositivos de bloqueo por alcoholemia y, por tanto, no expiden permisos con tales restricciones, pueden seguir haciéndolo así.
La cuestión es que, en algunos países de la UE, existen permisos de conducción restringidos, en el que se introduce un código que indica que ese ciudadano sólo puede conducir vehículos que lleven instalado el dispositivo. El problema es que cada país tiene un código diferente para identificar esa circunstancia en el carné de conducir y que el sancionado por exceso de alcoholemia no pueda conducir –en el ejercicio de su profesión– en otro lugar. Por ello, la UE ha decidido que habrá un nuevo código armonizado para todos.
La conducción bajo los efectos del alcohol es, junto con el exceso de velocidad, el saltarse los semáforos y la no utilización de los cinturones de seguridad, una de las cuatro principales causas del 75% de los accidentes mortales. Gracias a los dispositivos de bloqueo por alcoholemia se puede impedir que los conductores que hayan bebido puedan iniciar la marcha en vehículo.