Autocaravanas: evita multas si conduces una

Enrique Espinós
Enrique Espinós
Desde 2016, las matriculaciones de estos vehículos han crecido un 238 % e, incluso el año pasado, pese a la pandemia, se vendieron 8.960 autocaravanas y cámpers. Además, su alquiler también se disparado en los últimos años.

¿Qué debes saber para conducir una?

¿A qué velocidades pueden circular?

Las autocaravanas de menos de 3.500 kg (el 95 % de las campers y autocaravanas del mercado) pueden circular, igual que los turismos, a 120 km/h en autopistas y autovías y a 90 km/h en carreteras convencionales. Los vehículos de más de 3.500 kg (algunas autocaravanas perfiladas) tienen un límite de 90 km/h en autopistas y autovías y de 80 km/h en carreteras convencionales. Y ojo, porque si camperizas una furgoneta grande (tipo Iveco Daily), mantendrá su consideración de furgoneta y un límite de 90 km/h en autopista y autovía y 80 km/h en carretera convencional.

Por otro lado, y en el ámbito europeo, en la mayoría de países las autocaravanas pueden circular a la velocidad máxima de la vía, aunque existen excepciones: así, en Noruega, la velocidad máxima es 90 km/h en autopista y autovía, y 80 km/h en carretera; en Finlandia y Turquía, 80 km/h en ambos; en Rumanía, 100 km/h y 90 km/h, respectivamente; en Macedonia, 100 km/h en autopista y 80 km/h en autovía y carreteras nacionales; y Eslovaquia, 80 km/h en autopista, 60 km/h en autovía y 50 km/h en carretera.

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¿Qué carnet necesitas? Para conducir autocaravanas de menos de 3.500 kg de peso basta con el permiso B. Ahora bien, aquellas que sobrepasen esa cifra (de nuevo, algunas perfiladas) precisan cualquier carnet superior al B; desde el sector se recomienda que se obtenga el C1,
un permiso específico orientado a vehículos de ocio de hasta 7.500 kg. Si conduces una con un carnet no adecuado te sancionarán con 500 euros y 4 puntos.

¿Y qué pasa con el seguro? Depende del tipo de vehículo; consulta con corredurías especializadas como Zalba-Caldú (zalba-caldu.com /
976 373 738), Carvan (carvanseguros.com / 931 027 007) o Campercover (campercover.es / 937 578 442) o Seguros CEA (seguroscea.es /915 576 806).

Qué tipos de autocaravanas existen

Para furgonetas camperizadas: Si en la ficha técnica del vehículo aparece catalogado como vivienda o autocaravana,
lo habitual es que las corredurías apliquen las condiciones y precios para autocaravanas. Si aparece como turismo, furgoneta o turismo mixto
adaptable, se les asegurará según esa clasificación.

Para autocaravanas: El seguro más habitual en el mercado es un todo riesgo con franquicia de aproximadamente 600 euros. “Su precio oscila entre 650 y 800 euros/año, en función de la compañía y/o coberturas específicas”, señala David Díez, director de Seguros CEA.

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Normas para estacionar y/o acampar con estos vehículos

Estacionar con una autocaravana está permitido en las mismas condiciones que un turismo y no es relevante que sus ocupantes se encuentren o pernocten en su interior; pero siempre hay que tener en cuenta los condicionantes reflejados en la instrucción 08/V-74 publicada por la DGT en 2008: 1.- No se pueden sobrepasar las marcas viales de delimitación de la plaza. 2.- Se ha que respetar el perímetro del vehículo, esto es, no se pueden abrir ventanas ni desplegar toldos o sacar elementos de acampada. 3.- El único contacto con el suelo deberán ser las ruedas; sólo se permitirán los calzos en caso de estar aparcada en pendiente. 4.- No puede haber ninguna emisión o vertido de líquidos en el exterior.

Aun así, la realidad es que cada Ayuntamiento pueden establecer sus propias ordenanzas de restricción de estacionamiento y de acampada, limitando estas acciones a zonas concretas de su término municipal. “Por eso, si tienes dudas, pregunta siempre a la Policía Local”, aconseja Raúl Vaquero, delegado ejecutivo de Asiecar, la patronal del sector del caravaning en España. Por otro lado, se considerará que una autocaravana ha acampado cuando incumpla las restricciones de estacionamiento (por ej., si se abren las ventanas del vehículo, se extienden los toldos…). Y ojo porque, según la Ley, sólo se permite acampar con estos vehículos en campings y las zonas habilitadas específicamente para ello (áreas con instalaciones para el vaciado de aguas, conexión eléctrica…). La acampada ‘libre’ fuera de estos lugares está absolutamente prohibida.

En España existen ya más de 1.000 áreas de autocaravanas (más frecuentes en el norte y en Cataluña) donde se puede estacionar y pernoctar, además de vaciar y cargar los depósitos de agua, indican desde Asiecar. Puedes buscar estas áreas de estacionamiento, así como aquellas donde se permite la acampada en webs como autocaravanas.es o areasac.es y en apps gratuitas como Parking4night, CaraMaps o Autocaravanas: en ruta.

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Sanciones de hasta 5.001 euros

Teniendo en cuenta todo lo anterior, debes saber que las sanciones por estacionamiento incorrecto (en una zona de carga y descarga, de prohibido aparcar…) oscilan entre los 100 y 200 euros. Además, si realizas una acampada indebida (si no cumples las restricciones) las
sanciones oscilan entre los 30 y 500 euros, dependiendo de cada municipio. Y mucho ojo en zonas de costa o en espacios protegidos. Si acampas en la playa te podrán sancionar con una multa de 40 euros por cada m2 que ocupes, pero también te multarán con hasta 150 euros
si circulas o estacionas de forma indebida. Por su parte, en los espacios protegidos (en los que está prohibido estacionar o acampar fuera de las zonas previstas para ello), las sanciones pueden alcanzar los 5.001 euros si realizas estas acciones o también si circulas por vías no autorizadas o abandonas basura.

Qué debes tener en cuenta si alquilas una autocaravana

Los requisitos del conductor Puedes alquilar una autocaravana con 18 años y el carnet B recién sacado. Ahora bien, en estos casos de poca experiencia, puede que, dependiendo de la empresa y su política comercial, te soliciten una fianza mucho mayor de lo habitual. También podrías tener problemas con el seguro, un inconveniente que desaparece si tienes más de 25 años y dos años de experiencia.

La fianza Todas las empresas de alquiler te solicitarán esta cantidad, que suele oscilar entre los 600 y 900 euros, en función del tipo y coste del
vehículo alquilado.

El seguro La inmensa mayoría de los alquileres incluyen uno (pregunta siempre, por si acaso) a todo riesgo sobre el vehículo y vigente en la Unión Europea y en países limítrofes con el Mediterráneo (Marruecos, Túnez…). Si vas a circular por otro país, avisa a la compañía: te ofrecerán otra póliza auxiliar, que supondrá a partir de unos 250 euros extra.

El kilometraje permitido Para alquileres en temporada alta o de más de siete días, este suele ser ilimitado. Pero confírmalo siempre con la compañía, ya que si sobrepasas uno pactado, las empresas podrían cobrarte unos 0,30 euros por cada kilómetro recorrido de más.

El carburante y a la limpieza Lo habitual es que te entreguen la autocaravana con el depósito lleno y la tengas que devolver igual. Ojo, porque si no lo haces, la alquiladora te cobrará el carburante que resta hasta llenar el depósito; y algunas compañías también añaden
una penalización de entre 10 y 50 euros. Respecto a la limpieza, si no devuelves el vehículo limpio (y en función del grado de suciedad), podrán
cobrarte hasta 120 euros de sobrecoste.