Me gustaría haceros una consulta referida a una multa. Enviaron una sanción a casa de mis suegros, referente a una infracción que se había cometido con el vehículo de mi suegro, pero que yo conducía el día de la misma. La sanción indica que el conductor se saltó un semáforo en rojo… y la multa viene sin foto. Lo que me extraña es que en la zona no hay semáforos con cámaras: por eso, y en caso de que un policía presenciase la infracción, ¿no debería haberme parado para informarme/sancionarme?
Respuesta de Eduardo Alonso, redactor: José, que un policía pare para sancionar a un infractor es, efectivamente, el procedimiento habitual. Pero, desde la entrada en vigor de la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial -el 9 de mayo de 2014-, la norma permite a un agente de la autoridad «denunciar una infracción sin identificar al infractor… cuando el agente se encuentre realizando labores de vigilancia y control y carezca de medios para perseguir al infractor». Nos parece que tu situación puede adaptarse a este caso pero, de cualquier forma, y si decides recurrir la sanción -recuerda, tienes 20 días naturales para ello, debes mandar el escrito a la dirección que aparece en la notificación de la multa-, solicita siempre la fotografía de la misma y, por si acaso no existe, la ratificación de la sanción por parte del agente que te denunció. Si Tráfico o tu Ayuntamiento no te facilita esa ratificación, tendrán que sobreseer la sanción y no te cobrarán la multa.