El nuevo Reglamento de Circulación, cuyas líneas maestras fueron explicadas por la directora de Tráfico, María Seguí en su comparecencia ante la Comisión de Seguridad Vial y Movilidad Sostenible confirman algunos de los puntos adelantados en el borrador de anteproyecto hecho público el pasado mes de marzo, como lo referente a los límites de velocidad.
Otro de los aspectos más destacados del nuevo reglamento y que más polémica ha desatado es la obligatoriedad del uso del casco para los usuarios de la bicicleta en vías urbanas, aunque Seguí ha propuesto la creación de una ponencia monográfica en el marco de la Comisión de Seguridad Vial del Congreso para tratar el asunto.
Los aspectos más destacados del nuevo Reglamento de Circulación son los siguientes:
Límites de velocidad
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Se crearán las «zonas 30» en ciudades, en las que el límite máximo de circulación serán los 30 kilómetros/hora. Además, habrá otras zonas en las que el límite será de 20 km/h. Serán las zonas «de plataforma única», «de coexistencia compartida entre el peatón, la bicicleta y el vehículo a motor».
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En las carreteras secundarias se reducirá el límite a 90 en las vías donde exista un arcén de más de 1,5 metros.Hasta ahora, la velocidad máxima permitida en estas vías era 100 km/h.
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En autopistas y autovías el límite seguirá siendo 120 km/h, aunque de forma excepcional y previa autorización de la Dirección General de Tráfico o la autoridad autonómica competente, se podrá aumentar a 130 km/h.
Cinturón de seguridad
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Se reduce el número de exenciones del uso del cinturón, para «ampliar el grado de cobertura poblacional» del uso obligatorio del cinturón. Además, el nuevo reglamento prevé potenciar el uso de los sistemas de retención infantil en los vehículos.
Alcohol y drogas
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Se establece la saliva como muestra biológica de detección para los controles preventivos.
Bicicletas
El reglamento incluirá, por primera vez, un capítulo entero dedicado a este medio de transporte. Entre las medidas contempladas destacan las siguientes:
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Promoción del uso del casco, que se haría obligatorio también en ciudad.
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Reducción de la velocidad de los vehículos a motor en las vías urbanas para facilitar la integración de los ciclistas (la reducción mencionada a 30 y 20 km/h.
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Favorecer los desplazamientos en calles con baja limitación de velocidad (contradirección).
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Fomentar la visibilidad con medidas sobre el alumbrado y las prendas reflectantes homologadas.
- Dar prioridad de paso a las bicicletas sobre los vehículos a motor en los pasos de peatones y permitir el uso de remolques o semirremolques para transporte de personas o de carga en vías urbanas.
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Endurecer el castigo de la infracción relacionada con no mantener la distancia mínima de seguridad de 1,5 m entre el vehículo motorizado y el ciclista.
Autocaravanas
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Se equipara a nivel europeo su límite de velocidad, diferenciándolo en función de su masa máxima autorizada.
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Se establece el estacionamiento de estos vehículos, adoptando una fórmula similar a otros países europeos.
Un aspecto que no se contempla –o al menos, no ha trascendido– en el adelanto del nuevo Reglamento y que sí se recogía en el borrador filtrado en marzo es el relativo a los detectores de radar. En aquel borrador se dejaba la puerta abierta a un cambio de legislación que podría derivar en la prohibición de los actuales detectores de radar. Esto supone, en principio, una buena noticia para los miles de conductores que, en aras de aumentar su propia seguridad, han hecho del detector de radar su compañero de viaje.