El consumo de alcohol y drogas está detrás de una gran parte de los accidentes de tráfico registrados en España. En 2019, último año con estadísticas sólidas recogidas, uno de cada cuatro accidentes mortales en carretera estuvo relacionado con el alcohol. Ese mismo año, uno de cada tres conductores fallecidos estaba bajo los efectos de alguna de estas sustancias. Se trata de la segunda causa de siniestro más común en nuestras carreteras solo por detrás de las distracciones al volante.
Por ello y ante el inminente comienzo de las vacaciones estivales, la DGT ha puesto en marcha una nueva campaña de vigilancia de alcohol y otras drogas al volante. Así lo ha anunciado el organismo dirigido por Pere Navarro a través de su perfil de Twitter. De esta manera, hasta el próximo martes 22 de junio, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y el resto de Policías autonómicas intensificarán los controles con el objetivo de intentar concienciar a los conductores de este factor de riesgo.
El consumo de drogas anula las capacidades para conducir y aumenta la probabilidad de sufrir un accidente de tráfico. Según la cantidad y la combinación de las sustancias el riesgo de siniestro se puede multiplicar hasta por 200.
¿Cuál es la multa por dar positivo en un control?
Según establece la Ley de Seguridad Vial, la tasa máxima de alcohol permitida en 0,5 gramos por cada litro de sangre ó 0,25 miligramos por litro en aire espirado para conductores en general. En el caso de los conductores profesionales y noveles (menos de dos años de carnet) esta cifra se reduce hasta los 0,3 gramos por litro de sangre y los 0,15 miligramos por litro de aire espirado.
Siempre y cuando se superen estos baremos se dará por hecho que el conductor no se encuentra en condiciones óptimas para poder circular en su coche y las autoridades procederán a inmovilizar el coche y emitir una sanción. A su vez, la normativa prohíbe totalmente la conducción con presencia de drogas en el organismo.
Las multas por sobrepasar los límites de alcohol al volante parten de los 500 euros y la retirada de 4 puntos del carnet. Además, los conductores reincidentes que hayan sido sancionados por dar positivo en alcohol en el año inmediatamente anterior, se enfrentan a una sanción de 1.000 euros y la detracción de 6 puntos. En el caso de drogas, la multa es de 1.000 euros y la retirada de 6 puntos.
No obstante, el Código Penal también tipifica estas circunstancias como delitos contra la seguridad del tráfico y establece incluso penas de prisión de hasta doce meses y la retirada del carnet de conducir de uno a cuatro años.