Una sanción económica de 300 euros y dos puntos de retirada del carné es de lo que se ha librado un conductor en Gijón tras ser cazado por un radar a 151 km/h por la autovía A-66. El Juzgado de Gijón así lo ha decretado.
La anulación de la multa al conductor se debe a que no se ha podido «acreditar el certificado de verificación de la cabina» donde se hallaba instalado el radar. La organización de defensa de los conductores, Automovilistas Europeos Asociados (AEA) alegó en este sentido y consiguió ganar el juicio.
Y es que según la ley, «el titular del cinemómetro en servicio, así como el de la cabina que, en su caso le sirva de soporte y protección, en un emplazamiento fijo, estará obligado a solicitar anualmente la verificación periódica de los cinemómetros y cada seis años de las cabinas donde se ubican, quedando prohibido su uso en el caso de que no se supere esta fase de control metrológico», algo que no sucedía en este caso.
De esta forma, AEA ha conseguido dejar en evidencia la utilización de los radares móviles por parte de la Dirección General de Tráfico.