La Audiencia ve delito en el incidente de tráfico de Esperanza Aguirre

Finalmente los magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid han calificado de delito el incidente de tráfico protagonizado el pasado 3 de abril por la presidenta del PP de Madrid, Esperanza Aguirre. Tras este nuevo giro judicial, Esperanza Aguirre tendrá que volver a declarar y podrá ser condenada por falta de desobediencia grave o leve.


Así lo han plasmado en una resolución notificada este viernes en la que se estima de forma parcial el recurso presentado por la asociación Transparencia y Justicia, personada en la causa como acción popular, contra el auto en el que el juez Carlos Valle calificó los hechos de falta leve.

De este modo, la causa volverá al Juzgado para que se tramiten las diligencias. El juez tendrá previsiblemente que llamar a Aguirre a declarar, así como a los testigos del incidente, según han indicado fuentes jurídicas.

El altercado de tráfico llegó a los tribunales madrileños después de que la Policía Municipal remitiera el atestado policial sobre lo sucedido. Ese día, la ex presidenta de la Comunidad de Madrid se marchó con su coche tras supuestamente arrollar la moto de un agente que la había multado por aparcar en un carril bus de Gran Vía.

Al presentar los agentes de movilidad la denuncia ante la Policía Nacional, estos hechos, que se han resuelto por vía penal pueden acabar en:

Falta de desobediencia leve, recogida en el artículo 634 del Código Penal: Conllevaría una multa de entre 20 y 2.400 euros, que se aplicaría en función de la capacidad económica del infractor.

Delito de desobediencia grave, recogido en el artículo 556 del Código Penal. Conllevaría una pena de 6 meses a un año de prisión.

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