Cómo evitar que te timen con el contrato

Para evitarte problemas, lo recomendable es usar un contrato avalado por Consumo o algún club de automovilistas -en sus webs encontrarás, gratis, documentos tipo-. Te indicamos qué tener en cuenta al realizar un contrato de compraventa y te facilitamos uno fiable. Ojo antes de firmar 1. Lo primero… Comprueba siempre que la persona que te […]


Para evitarte problemas, lo recomendable es usar un contrato avalado por Consumo o algún club de automovilistas -en sus webs encontrarás, gratis, documentos tipo-. Te indicamos qué tener en cuenta al realizar un contrato de compraventa y te facilitamos uno fiable.

Ojo antes de firmar

1. Lo primero… Comprueba siempre que la persona que te vende el coche es realmente su propietario -y no un intermediario, al que no podrás reclamar por no constar en documento alguno-.  Lo más sencillo es pedir un informe de titularidad en cualquier Jefatura de Tráfico -cuesta 8 -; si lo haces a través de una gestoría te cobrarán en total unos 30 –. Te lo facilitarán al momento y en él aparecerá la fecha en que fue matriculado por primera vez -para cerciorarte de la antigüedad real de esa unidad- así como los nombres de todos los propietarios, incluido el actual.

2. Evita el gran susto. Verifica también, en Tráfico, que el vehículo está libre de cargas. Por ejemplo, casi todos los coches que se financian suelen tener una reserva de dominio -una cláusula que impide su venta… hasta que no se paga todo el crédito al banco o financiera-. «Si no lo compruebas y le compras un coche a un particular, de buena fe, pagándoselo en mano para luego hacer la transferencia… al intentar ponerlo a tu nombre en Tráfico no podrás hacerlo y tendrás que abonar lo que quede del préstamo del vendedor», advierte la abogada de CEA, Ana María Amador. «Y luego, reclamárselo te resultará complicado ya que en muchos casos, el domicilio que figura en su DNI o carnet de conducir… no es en el que realmente vive».

3. Aclara quién paga qué… El impuesto de transmisión de bienes -supone un 4% del valor del coche, según Hacienda- y las tasas de venta de un coche de la DGT -unos 42 — suele pagarlos el comprador, igual que los gastos de gestoría -unos 100 -, si la compraventa se realiza a través de una-. Pero estos gastos siempre se pueden negociar. Por su parte, el vendedor siempre pagará el impuesto de circulación municipal del año en curso. También es importante que te fijes si la ITV está a punto de caducar  y, si es así, pide al vendedor una rebaja proporcional a su coste.

4. Atención… Si no has conocido al vendedor ni habéis firmado el contrato de compraventa, no pagues el coche, ni un adelanto significativo -si eres el comprador-, ni entregues las llaves -si eres el vendedor-. De hacerlo, de buena fe, y no tener un contrato… ¡no podrás reclamar nada! Recuerda que el contrato debe hacerse por duplicado, con la firma original de vendedor y comprador en cada copia -una para cada uno-.

Qué debe tener un contrato como mínimo

Datos personales
Como mínimo: en la primera parte del contrato debe figurar tanto la fecha de la transacción, como los datos personales de ambas partes -con nombre, DNI, domicilio…-. Qué añadir para ser más meticuloso: es importante que consten los datos del vehículo que se vende -marca y modelo, cilindrada, color, potencia, matrícula, número de bastidor, fecha de primera matriculación, kilometraje, extras e, incluso, qué uso le ha dado el vendedor-.

Estado del vehículo
Cómo mínimo: en un segundo apartado debe figurar que el comprador ha revisado el coche y acepta el estado en el que está; aparecerá de forma detallada cualquier defecto -mecánico, de pintura, algún elemento que falte o esté roto…-. Si quieres evitar problemas: haz que un mecánico de confianza detalle en un documento anexo al contrato, firmado por vendedor y comprador, el estado de los principales elementos mecánicos del coche -carrocería, motor, cambio, embrague, dirección, neumáticos…-; de esta forma, como vendedor evitarás cualquier reclamación futura y como comprador tendrás la seguridad del buen estado del coche.

Ojo a los pequeños detalles
Sé meticuloso: haz que en el contrato consten hasta los más mínimos aspectos -como cuándo ha pasado la última ITV el vehículo- y, si eres el vendedor, deja por escrito que, desde el momento de la compraventa, transfieres cualquier responsabilidad por el mal uso del coche al comprador, para evitarte cualquier reclamación futura.

Cuidado con el precio
Si adquieres un vehículo a un particular, deberás pagar un 4% de la valoración de ese coche -la cifra la estipula Hacienda-, en concepto de impuesto de transmisiones patrimoniales. Un precio -lo puedes encontrar en https://host.cixtec.es- que debe figurar en el contrato, independientemente de que el real de venta sea otro distinto -mayor o menor-. Algunos particulares prefieren poner en el contrato uno inferior al marcado por Hacienda para pagar menos impuesto. ¿Qué suele ocurrir? Pues que Hacienda te notifique pocos meses después que ha inspeccionado el contrato y que lo pagado en impuestos no es correcto, solicitando al comprador el abono de la cantidad real… más un recargo -que ronda el 20%-. Por eso, esta trampa no es recomendable.

‘Timos’ con los que hay que tener cuidado

Si adquieres el coche a un compraventa
Presta mucha atención a que en el contrato consta la transferencia de la propiedad del coche de dicha empresa a tu nombre. Si figura el nombre del anterior propietario -el que se lo vendió a la empresa-… no tendrás derecho a garantía alguna al tratarse ‘legalmente’ de una venta entre particulares -sólo los coches vendidos por empresas tienen garantía-.

Ojo con el kilometraje
Es uno de los ‘despistes’ más habituales: no dejar constancia en el contrato de los km que figuran en el cuentakilómetros en el momento de la compra. Si luego te enteras de que no eran los reales -y que el coche tiene más- no tendrás pruebas para reclamarle al vendedor que te compense por ello… o acusarle de estafa, si te consta que lo hizo él.

Atento a los ‘piratas’
Cada vez es más habitual que ‘vendedores pirata’ -particulares que comercializan coches en la calle- hagan de intermediarios y vendan un automóvil que no está su nombre.  Si esto ocurre, desiste de la compra: no podrás reclamarles nada, al no figurar en el contrato.

¿Qué hacer si te timan?
Si compras el coche a una empresa… Cualquier reclamación debes hacérsela directamente a ella, hablando con el comercial. Si no te hacen caso, rellena en el establecimiento la hoja de reclamaciones y denuncia tu caso ante el organismo de Consumo de tu ayuntamiento o Comunidad -en www.consumo-inc.es encontrarás cómo hacerlo con éxito-.
Si lo adquieres a un particular… La situación es complicada: legalmente, tienes seis meses para reclamar por problemas en el coche de los que no te haya informado el vendedor -los denominados ‘vicios ocultos’; están excluidos elementos de desgaste, como las ruedas-. ¿El problema? Dar con él, para que se haga cargo de la reparación. Por eso, en la mayoría de los casos deberás acudir a un abogado.

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