Si compro un coche de V.O. con garantía ‘externa’, ¿tengo obligación de mandar las facturas del taller?

Adquirí un Citroën C3 Picasso con un año de antigüedad en un compraventa y me concedieron una garantía de 3,5 años con la compañía REGV.


Sin embargo, al poco tiempo me falló la dirección asistida eléctrica y el taller me comentó que el arreglo no me lo cubría la garantía porque, cuando pasé la primera revision, tenía que haber mandado la factura a la empresa REGV. ¿Es legal eso? En el momento de venderme el coche, el comercial no me dijo nada de esto por lo que… ¿no tendrían que ser ellos los que se hicieran cargo? […].

Ignacio San Román (E-Mail)

Respuesta de enrique Espinós, Redactor: Ignacio, la empresa REGV está en concurso de acreedores desde hace aproximadamente un año. De esta forma, mucho nos tenemos que cualquier reclamación la tendrás que cursar por la vía judicial.

Para ello, lo más recomendable es que hables con el comercial que te vendió el coche para que te oriente en los pasos a seguir.

No obstante, puedes leer la letra pequeña de tu contrato.

Los documentos de ampliación de garantía son contratos privados entre dos partes: el cliente y la empresa de garantía.

Y es cierto que, algunas, para validar la garantía, requieren copia del certificado de revisión. Si lo solicitaban y no lo enviaste, puede considerarse motivo de anulación del contrato.

El que el comercial no te haya avisado no exime de la existencia de estas posibles cláusulas en el contrato y de su obligado cumplimiento.

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