Coronavirus: la Comunidad de Madrid prohíbe el pago en efectivo en autobuses
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Coronavirus: la Comunidad de Madrid prohíbe el pago en efectivo en autobuses

Esta medida se ha hecho efectiva este mismo viernes 20 de marzo y no permitirá el pago con dinero en efectivo en las redes de autobuses urbanos e interurbanos de la región, incluidos los pertenecientes a la EMT de la capital.


El Gobierno de la Comunidad de Madrid, presidido por Isabel Díaz Ayuso, en su lucha para evitar la propagación del coronavirus, ha adoptado nuevas medidas para garantizar la prestación de un servicio público esencial como es el de la red de autobuses. Así, desde este mismo viernes 20 de mazo, ya no será posible adquirir un billete con dinero en efectivo en líneas urbanas e interurbanas -también las de la EMT-.

Esta medida quiere reducir al mínimo el contacto entre el conductor del autobús y los pasajeros. Así las cosas, para poder acceder a los mismos, los viajeros tendrán que estar en posesión de un título de transporte válido para el trayecto que vayan a realizar. Se mantiene la posibilidad de pago electrónico -mediante tarjeta de crédito o débito- para la adquisición de billetes sencillos en los autobuses que cuenten con este sistema.

De acuerdo a lo establecido por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, establece un nuevo protocolo de acceso a los autobuses: solo se podrá acceder a ellos por la puerta trasera en aquellos autobuses donde el conductor no cuente con mampara. Asimismo, se ha limitado el aforo, de tal manera que no podrán ser ocupados más de un tercio de los asientos disponibles en dicho vehículo, garantizando así la máxima separación entre viajeros.

Qué otras medidas se han adoptado en los autobuses

A estas medidas recientemente adoptadas en los autobuses de la Comunidad de Madrid se le unen las tomadas por el Consorcio Regional de Transportes de Madrid (CRTM), como es la prohibición de que los viajeros se sitúen en las plazas posteriores al conductor en todos los autobuses que no dispongan de mampara.

Como establece el Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma, los desplazamientos en transporte público deberán hacerse individualmente salvo que se acompañe a menores, mayores, discapacitados o por causa justificada.

Fuente: CRTM.es

 

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