«Sólo podrás reclamar ante tu seguro si, circulando, otro vehículo te da un golpe de forma intencionada. En ese caso, toma nota de la matrícula y presenta ante tu compañía -en los siete días hábiles posteriores al incidente- un parte de accidente sin contrario -al indicar la matrícula del vehículo ´agresor´ ya estarás identificándolo-.
1.- Si tu póliza es ‘a todo riesgo’: Tu aseguradora te reparará el coche y, luego, reclamará el importe del arreglo a la compañía contraria.
2.- Si tu póliza es ‘a terceros’: Tu aseguradora reclamará a la del contrario. Si el conductor ‘agresor’ no contesta a esa reclamación en 15 días, su compañía aceptará el siniestro y pagará la reparación de tu coche. Pero si el contrario da una versión diferente a la tuya -que es lo más probable-, habrá que peritar ambos vehículos para dilucidar qué ocurrió y esperar a que su aseguradora ´acepte´ el siniestro. Si tras el peritaje, la compañía contraria no quiere pagar, la tuya podría demandarla: en ese caso, lo mejor es que repares el coche y que, en el juicio, presentes la factura para que la aseguradora contraria te la abone.
En el resto de casos -si un conductor golpea intencionadamente tu vehículo, te agrede o te ves involucrado en una pelea-, la gran mayoría de las aseguradoras se desentenderán del asunto porque ´no se trata de hechos relacionados con la circulación´-. Sólo si contrataste alguna póliza -lee la letra pequeña de tu seguro- que cubra daños no limitados a ´hechos de la circulación´ y la reclamación de esos daños? podrás contratar un abogado de libre elección que tu aseguradora pagará -hasta la cantidad límite prevista en tu póliza-«.
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