Cuánto te darán por él
¡Ojo a estos dos conceptos! Los pondrán en las cláusulas de tu póliza de seguros y se utilizan para calcular la indemnización en caso de robo:
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Valor de nuevo: Es la cantidad que pagaste por tu coche cuando lo compraste; o lo que cuesta adquirir un coche nuevo de características idénticas al tuyo.
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Valor venal: Valor que tendría el vehículo inmediatamente antes de que se produjera el robo en función de su antigüedad y kilometraje. Para calcularlo, se toman como referencia las tablas de GANVAM o Eurotax.
Cuándo te pagarán
Las compañías aseguradoras están obligadas por ley a pagar en un plazo de, como máximo, 40 días después de la denuncia del robo del coche. Sin embargo, aseguradoras como Direct Seguros, Generali Autos, Línea Directa… te indemnizarán a los 30 días. El pago se realiza mediante transferencia bancaria o con un cheque nominativo y, por lo general “no deberás declararla a Hacienda; ya que la indemnización que percibirás por el vehículo nunca será superior a su valor venal” señala José María Mollinedo, Secretario General del Sindicato de Técnicos de Hacienda.
¿Y si aparece después de haber cobrado la indemnización?
Si han transcurrido menos de 40 días* desde el robo, el asegurado deberá aceptar la devolución del vehículo y la compañía se hará cargo de los gastos de los posibles desperfectos. En caso de que el coste de la reparación sea superior al valor venal del vehículo, la aseguradora lo declarará siniestro… e indemnizarán a su propietario -por lo general, con una cantidad equivalente al valor venal del vehículo-.
Han transcurrido más de 40 días* Habitualmente, el titular tiene un plazo de 15 días para decidir si prefiere quedarse la indemnización… o devolverla y recuperar su vehículo. Si el propietario se queda con la indemnización, el vehículo pasará a ser propiedad de la aseguradora -que podrá subastarlo o revenderlo-; mientras que si el cliente solicita su vehículo, la aseguradora deberá reparar los daños que hubiera sufrido el coche como consecuencia del robo.
¡¡Ojo!! Ten cuidado si viajas al extranjero. No todos los seguros cubren el robo fuera de España ni, por supuesto, la repatriación en caso de que te roben el coche. Consulta la letra pequeña de tu póliza |
Si te roban el coche y lo estás pagando a plazos. La indemnización se destinará, en primera instancia, a la entidad financiera que aparezca reflejada en la Dirección General de Tráfico… Una vez satisfecha la deuda con la entidad financiera, el resto de la indemnización se entregará al propietario del vehículo.
¡¡Ojo!! Si la indemnización no es suficiente para pagar el total el vehículo a la entidad financiera, el asegurado deberá satisfacer el resto de la deuda con el banco.
¿Y si te roban el coche mientras estás de vacaciones?
Recuerda que, si tu póliza cuenta con una cobertura de asistencia en carretera dispondrás de un coche de sustitución con kilometraje ilimitado y seguro obligatorio durante un plazo que, en la mayoría de las aseguradoras, es de 30 días.
Lee la letra pequeña. Cuando por motivos de disponibilidad las aseguradoras no pueden ofrecer un coche de sustitución, suelen ofrecer como ‘alternativa’ una indemnización económica diaria -oscila entre 30 y 60 euros- o el alojamiento en un hotel de categoría media -lo usual son tres estrellas- por un máximo de tres noches.
¿Puedes ‘pactar’ el valor de la indemización?
En España, únicamente la aseguradora Mussap Seguros ofrece esta posibilidad, concretamente en su póliza Zero Riesgo. Este seguro te permite pactar un ‘valor convenido’ para la indemnización en caso de que te roben el coche. Se trata de una póliza interesante para vehículos antiguos -más de diez años-, en buen estado y con un kilometraje muy reducido.
Qué debe poner en tu póliza
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Hasta que el coche cumpla dos años: Si te roban tu vehículo, la indemnización debe equivaler al valor de un vehículo nuevo idéntico al tuyo.
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A partir del segundo año: Como mínimo, tu aseguradora debe indemnizarte por el valor venal.
Lo ideal
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Hasta que el coche cumpla dos años: Que te indemnicen por su valor como nuevo.
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Cuando tiene entre 2 y 4 años: Que te paguen el valor venal ‘mejorado’, es decir, el valor venal más un porcentaje. Cada aseguradora difiere a la hora de establecer esa mejora sobre el valor venal -puede oscilar entre el 10 y el 30%-.
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A partir del cuarto año: Deben abonarte el equivalente al ‘valor venal del vehículo’. Este supuesto se da en la mayoría de pólizas del mercado.
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