La DGT desvirtúa la realidad en su última campaña

En la última campaña de la DGT contra el exceso de velocidad en carretera "Tómatelo con calma. El exceso de velocidad te puede llevar a situaciones como esta" se difundía un vídeo de un accidente de tráfico con una "embestida por exceso de velocidad". La organización ciudadana Foro 100 ha demostrado que no se ajusta a la realidad.


El día 10 de abril de 2015 la Dirección General de Tráfico (DGT) difundió a través de sus redes sociales un vídeo de un accidente de tráfico por alcance dentro de una campaña contra el exceso de velocidad. La DGT se pronuncia sobre el origen del accidente diciendo «Embestida por detrás por exceso de velocidad. El vehículo que circula a gran velocidad, no frena ni cambia de carril para adelantar y acaba por embestir al vehículo que le precede».
La organización ciudadana Foro100 ha presentado un informe que intenta demostrar que el pronunciamiento realizado por la DGT “es una simple opinión sin base técnica, que contiene errores y que realiza una valoración superficial de lo sucedido en el accidente.
Según la propia organización, “una de las más elementales reglas de la investigación de accidentes de tráfico, es la de evitar realizar cualquier tipo de pronunciamiento o hipótesis relacionados con un accidente de tráfico concreto mientras no se haya realizado su investigación en profundidad. En el caso de la DGT, se ha hecho caso omiso a esta máxima.

¿Cómo deforma la realidad la DGT?

La organización Foro 100 ha elaborado un informe en el que se hace un estudio exhaustivo de los hechos acontecidos en la grabación difundida por la DGT a través de Youtube como apoyo a su campaña “Tómatelo con calma. El exceso de velocidad te puede llevar a situaciones como esta”, contra el exceso de velocidad.

Para comprobar la veracidad de los hechos, se ha realizado una estimación de distancias recorridas por los vehículos y los tiempos requeridos para hacerlo. A partir de estas valoraciones, ha sido posible realizar una estimación de las velocidades medias de cada vehículo. Gracias a este cálculo, se ha comprobado que en los instantes previos al accidente, la velocidad del vehículo impactado se sitúa en el entorno de los 50 km/h, mientras que la del vehículo que impacta se sitúa en el entorno de los 120 km/h, todo ello dentro de una autopista/autovía.

Para hallar estas velocidades, la organización se ha valido de dos referencias: los postes de sustentación de la barrera metálica, colocados cada 4 metros; hitos de arista, colocados cada 50 metros.

La DGT vuelve a deformar la realidadLa DGT vuelve a deformar la realidad

Para el Vehículo A (el impactado por detras) se obtienen los siguientes resultados:

  • Tiempo medio para recorrer la distancia de 50 metros existente entre los dos hitos de arista: 3,68 segundos.
  • Velocidad estimada: v = 50 m / 3,68 s = 13,59 m/s = 48,9 km/h.

Para el segundo vehículo (el que impacta por detrás) se obtienen los siguientes resultados:

  • Tiempo medio para recorrer la distancia de 50 metros existente entre los dos hitos de arista: 1,52 segundos.
  • Velodcidad estimada: v = 50 m / 1,52 s = 32,89 m/s = 118,42 km/h.

Estos cálculos se realizan suponiendo que las cámaras de videovigilancia y control trabajan en tiempo real y que los vídeos distribuidos por parte la DGT también reproducen en tiempo real.

Por lo tanto, atendiendo al artículo 49 del Reglamento General de Circulación: “No se deberá entorpecer la marcha normal de otro vehículo circulando sin causa justificada a velocidad anormalmente reducida. A estos efectos, se prohíbe la circulación en autopistas y autovías de vehículos a motor a una velocidad inferior a 60 kilómetros por hora, y en las restantes vías, a una velocidad inferior a la mitad de la genérica señalada para cada categoría de vehículos de cada una de ellas en este capítulo, aunque no circulen otros vehículos.”

La infracción anterior tiene la consideración de grave.

Conclusiones

La Organización Foro 100 denuncia que, al margen de que el vehículo posterior circulara dentro de la velocidad permitida dentro de la vía o no, o si la velocidad del vehículo impactado es insuficiente para la vía que transita lo importante es no realizar pronunciamientos del tipo “embestida por detrás por exceso de velocidad” o “el vehículo que circula a gran velocidad” sin haber realizado previamente algún tipo de estimación realista.

En cualquier caso, un accidente como el que muestra el vídeo debería descartar muchas hipótesis antes de realizar un pronunciamiento como el que realiza la DGT, según señala Foro 100, en su informe.

Foro 100 considera que –en el caso de la campaña exceso de velocidad lanzada en redes sociales con fecha 10 de abril de 2015– la DGT califica como “gran velocidad” la que mantenía el conductor del vehículo que impacta, responsabilizándole de “no frenar ni cambiar de carril para adelantar”, todo ello sin razonamiento de ningún tipo.

Por ello, Foro 100 realiza las siguientes recomendaciones:

  • Auditar del rigor técnico de los contenidos de apoyo lanzados por la DGT.
  • Verificar de la coherencia en los mensajes enviados por la DGT a los ciudadanos con apoyo de material grafico.

La propia DGT, se ha apresurado a ocultar el vídeo de esta campaña en Youtube después de haberlo lanzado el pasado 10 de abril, probablemente, al ser alertados del error que se había cometido en esa campaña.

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