DVuelta recurre las medidas anticontaminación del Ayuntamiento de Madrid

Dvuelta, entidad dedicada a la defensa de los conductores, ha presentado ante el TSJ de Madrid un recurso contra las medidas anticontaminación del Ayuntamiento de Madrid.


DVuelta ha presentado su recurso ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de Madrid contra el Acuerdo de 21 de enero de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba definitivamente el Protocolo de medidas a adoptar durante episodios de alta contaminación.

A través de este acuerdo se establecen medidas de restricción de tráfico y de uso de taxis durante los episodios de alta contaminación. Asimismo, la propia Ordenanza Municipal del Ayuntamiento de Madrid, que establece la obligación de publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid este tipo de restricciones.

Por tanto, el uso de redes sociales, como expresamente señala el Acuerdo, resulta absolutamente insuficiente para informar a los usuarios de los niveles de contaminación y de las restricciones al tráfico.

De esta forma, los conductores quedarían exentos de cualquier sanción, pues el principio de legalidad exige que se establezca claramente qué conductas constituyen infracción administrativa. Estas prohibiciones deben estar contenidas en leyes o reglamentos aprobados y publicadas con anterioridad a la comisión de la infracción, pues de lo contrario no se puede imponer sanción alguna.

En definitiva, DVuelta defiende que según lo estipulado por  la Ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, «cuando existan razones basadas en la protección del medio ambiente, la seguridad ciudadana y la protección de la integridad de los espacios públicos y privados, que aconsejen restringir el paso de vehículos a determinadas vías públicas, podrá prohibir o limitar la circulación y el estacionamiento de vehículos en las mismas, previa la señalización oportuna y la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».

 

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