No es la primera vez que los tribunales corrigen a la DGT y la obligan a rectificar tras la tramitación de una multa. Pero el problema se vuelve especialmente delicado cuando, además del importe económico, la sanción arrastra la pérdida de puntos. Justo eso es lo que ha ocurrido ahora con una resolución judicial reciente que ha dado la razón a un conductor. Muchos automovilistas pueden estar en la misma situación y obliga a la DGT a devolver miles de puntos.
La sentencia, del del Tribunal de Instancia de Burgos ha obligado a la DGT precisamente a eso, a devolver cuatro puntos a un conductor después de que Hacienda anulase la sanción económica por una mala notificación. Automovilistas Europeos Asociados (AEA), que ha llevado el caso, calcula que hasta 50.000 conductores podrían estar en una situación similar.
La clave: multa anulada, puntos intactos
El conflicto nace de una práctica que AEA denuncia desde hace años. Cuando una multa queda anulada en la vía económico-administrativa por defectos de notificación, la DGT mantiene la retirada de puntos como si nada hubiera pasado. En el caso resuelto en Burgos, el conductor descubrió el expediente tarde y mal, cuando Hacienda le reclamó el pago con un recargo del 20 por ciento.
El automovilista no solo no había sido informado correctamente de la infracción —un supuesto exceso de velocidad—, sino que además ya le habían retirado cuatro puntos sin que lo supiera.
No puede haber “dos realidades” para la misma sanción
La resolución, dictada por el Tribunal asume el razonamiento de fondo. La sanción es única y no puede entenderse “no notificada” para la multa económica, pero “válida” para los puntos.
Sería contrario al principio constitucional de seguridad jurídica que “para dos órganos del Estado (…) unos hechos existieran y a la vez no existieran”. Y añade que, si se considera irregular la notificación y eso afecta a la ejecutividad de la sanción económica, necesariamente debe afectar también a la detracción de puntos, que queda igualmente sin la “necesaria ejecutividad” al tratarse, en definitiva, de una resolución no notificada.
El fallo: devolución de puntos y costas
La sentencia condena a la DGT a devolver los cuatro puntos retirados indebidamente y, además, impone a Tráfico el pago de 300 euros en costas. Para el presidente de AEA, Mario Arnaldo, el caso confirma lo que la asociación sostiene desde la implantación del carné por puntos en 2006. “La pérdida de puntos va unida a la multa como la sombra al cuerpo”. Es decir multa económica y puntos van unidos siempre.
Según AEA, muchos conductores se enteran de estas sanciones cuando el procedimiento ya está en fase de cobro por apremio. No llega la notificación a tiempo, el expediente sigue su curso, la multa se incrementa y los puntos se restan sin que el afectado lo perciba.
La asociación estima que cerca de 50.000 conductores podrían encontrarse en una situación semejante. Sanciones cuyo cobro ha sido cuestionado o anulado por defectos de notificación, pero con puntos todavía detraídos en el Registro de Conductores e Infractores.
Hay más. Puede implicar desde la pérdida injusta del derecho a conducir hasta problemas mayores si un conductor llega a ser considerado “sin puntos” por una anotación que debería estar anulada. Con el riesgo de ser denunciado por un delito contra la seguridad vial “inexistente”, según advierte la organización.
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