¿Existe algún plazo legal para la entrega de un coche nuevo que he comprado?

Carlos Valver Cruz, lector habitual de Autofácil, nos escribe a nuestro consultorio legal por la compra de su nuevo Toyota Auris el cuál tienen que pedir a fábrica y le tardará en llegar de dos a tres meses. Su duda es la siguiente: ¿existe alguna legislación sobre plazos de entrega?


Acabo de adquirir un Toyota Auris, el cual ha tenido que ser pedido a fábrica. En el concesionario me dijeron que tardará en llegar de dos a tres meses. Me he fijado que, en el contrato de compra, la concesión ha dejado en blanco la casilla de la fecha de entrega -imagino que para no ‘pillarse los dedos’-… Ahora, me surge una pregunta: ¿existe alguna legislación sobre plazos de entrega? Es que, hace años, el concesionario que le vendió el coche a mi hermano se comprometió a una fecha de entrega… que inclumplió y, tras varias quejas, le cedió un vehículo hasta que le dieron el suyo.

Respuesta de Ana María Amador, del Departamento Jurídico de CEA: Carlos, en el ordanamiento jurídico español no existe legislación alguna sobre tema de plazos de entrega en cuanto a vehículos nuevos. Por eso, sólo podrías reclamar, por incumplimiento de contrato, si el concesionario hubiera indicado en el contrato una fecha de entrega -imaginamos que es lo que ocurrió en el caso de tu hermano-. En esa circunstancia, bien podrías rellenar una hoja de reclamaciones para presentarla posteriomente ante Consumo de tu Ayuntamiento, o interponer una demanda por daños y perjuicios en el Juzgado de Primera Instancia de la localidad del concesionario. Si recurres a esta última vía, siempre que solicites una cantidad superior a 2.000 euros, deberás abonar las tasas correspondientes y contratar a un abogado y un procurador -desde 600 euros-.

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