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¿Existe una velocidad a la que el radar no te multa en España?

¿Se puede ir demasiado rápido para un radar en España? Aunque se superen velocidades extremas, los radares de la DGT siguen registrando la infracción y, a partir de cierto punto, el exceso ya no es multa: es delito penal.

Con la llegada de radares cada vez más precisos, muchos conductores se preguntan si existe un límite técnico a partir del cual un radar deja de captar correctamente la velocidad. La duda suele aparecer bastante en las redes sociales: “Si vas a más de 300 km/h, ¿el radar falla?! La respuesta en España está clara: no hay escapatoria.

¿Qué velocidad pueden medir los radares de la DGT?

Los radares utilizados por la Dirección General de Tráfico (DGT) — tanto fijos, como móviles, de tramo o instalados en cabinas y trípodes— tienen rangos de medición muy amplios, generalmente superiores a 250 km/h y, en muchos casos, cercanos o superiores a 300 km/h. Esto depende del modelo y la tecnología empleada (Doppler, láser o radar de tramo).

Pero incluso si un vehículo supera el rango máximo que el radar puede reflejar con exactitud, el sistema sigue registrando la infracción. Al igual que ocurre en otros países europeos, como Alemania, lo importante no es la cifra exacta, sino que quede probado que el conductor circulaba muy por encima del límite legal establecido en el país.

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Radar

En España cuenta la infracción, no el número exacto

Desde el punto de vista legal, no existe una “velocidad segura” frente al radar. Si el cinemómetro está homologado, verificado y se utiliza de forma correcta, la denuncia es válida, aunque no se muestre una cifra extrema precisa.

Además, los radares actuales que encontramos en la carretera están preparados para captar imágenes nítidas incluso a velocidades muy altas, con varios carriles y en condiciones de tráfico real. Es decir, no hay margen para alegar un “fallo técnico” por exceso de velocidad extrema.

¿Qué sanción te puede caer a velocidades desorbitadas?

En España, el Código Penal entra en juego mucho antes de alcanzar cifras como los 300 km/h. Según el artículo 379 del Código Penal, comete delito quien supere las siguientes cifras:

  • En más de 60 km/h, el límite en la vía urbana
  • En más de 80 km/h, el límite en vía interurbana

A partir de ahí, ya no hablamos de multa administrativa, sino de delito contra la seguridad vial. Las penas establecidas, dependiendo del delito, pueden incluir:

  • Prisión de 3 a 6 meses
  • Multa de 6 a 12 meses
  • Trabajos en beneficio de la comunidad
  • Retirada del carnet de 1 a 4 años

Por lo que, circular a velocidades extremas, como 250, 280 o más de 300 km/h, agrava automáticamente la situación y puede implicar además conducción temeraria, con penas aún mayores si se pone en peligro a otras personas.

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Casos reales en España

Aunque no es habitual ver cifras tan altas como en las autobahn alemanas, sí existen casos en España de conductores denunciados o juzgados por circular a más de 200 km/h, incluso en carreteras convencionales.

La idea de que se puede ir demasiado rápido para un radar es un mito. En España, si superas ampliamente el límite, el radar te detecta y la ley te alcanza, aunque la cifra no sea el dato clave.

A partir de cierto punto, ya no te enfrentas a una multa: te enfrentas a un delito.

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