Jeep Grand Cherokee

Llamé a una grúa y lo llevaron al taller oficial donde me dijeron que la avería se había producido porque -el agua había entrado en el colector de admisión -lugar por el que entra el aire al motor-, había llegado hasta el interior de los cilindros y provocado daños en el motor-. También me informaron […]



Llamé a una
grúa y lo llevaron al taller oficial donde me dijeron
que la avería se había producido porque
-el agua había entrado en el colector de admisión
-lugar por el que entra el aire al motor-, había llegado hasta el interior de los cilindros
y provocado daños en el motor-. También me informaron que la garantía no cubría dicha reparación
y que su coste ascendía a unos 9.000 euros. He reclamado al departamento de postventa de
Daimler Chrysler, presentado hojas de reclamaciones y, a través de la oficina de atención al ciudadano
del Ayuntamiento de Jerez, la marca ha tenido la posibilidad de someterse a un Arbitraje de
Consumo*, pero lo ha rechazado. La única vía que me queda es la judicial y mi abogado ya está
preparando una demanda por publicidad engañosa, ya que Jeep ha publicado infinidad de anuncios
del Grand Cherokee vadeando ríos, cruzando grandes charcos… ¿Podéis ayudarme?*Procedimiento extrajudicial voluntario para llegar a un acuerdo entre el empresario y el consumidor.

● Qué dice la marca

El departamento de prensa nos ha comentado que, tras someter al vehículo a un análisis riguroso, exhaustivo y técnico por personal cualificado de Daimler Chrysler España, se ha llegado a la conclusión de que la reparación que se tiene que realizar a este Jeep no puede ser cubierta por la garantía, ya que no se trata de una incidencia causada por un defecto del producto sino a una entrada masiva de agua en el motor a través del colector de admisión… lo que, a su vez, ha provocado grandes daños a los cilindros. Gabriel, la marca también insiste en que, aunque no pueden determinar las causas que han ocasionado la entrada de agua, si pueden confirmar que no es posible que entre agua en el motor en circunstancias normales -lo que ocasionaría una alteración de las condiciones contractuales de la garantía-, porque la toma de aire del colector de admisión está en una posición muy elevada.

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