La Policía Local no tiene competencia para avisar a la grúa

El error se encuentra en el apartado de inmovilizaciones de vehículos, concretamente en el artículo 85, donde se recoge que esta facultad de avisar a la grúa recae sobre la «autoridad encargada de la gestión del tráfico», o lo que es lo mismo, sobre los alcaldes. De esta forma, sólo el alcalde tiene competencia para […]


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El error se encuentra en el apartado de inmovilizaciones de vehículos, concretamente en el artículo 85, donde se recoge que esta facultad de avisar a la grúa recae sobre la «autoridad encargada de la gestión del tráfico», o lo que es lo mismo, sobre los alcaldes. De esta forma, sólo el alcalde tiene competencia para retirar un vehículo al depósito  municipal, aunque la Guardia Civil también podría hacerlo gracias a una modificación de urgencia de su reglamento.

Si se lo lleva la grúa, recurre
Gracias a este error de redacción, si un policía local ha avisado a la grúa para retirar tu vehículo después del  25 de mayo, lo que debes hacer es abonar la tasa del depósito, recuperar el coche y recurrir dicha sanción alegando que un agente de la policía local ha ordenado la retirada de tu vehículo cuando no tiene competencia para ello según la nueva Ley de Tráfico.

Zaragoza ya lo ha solucionado y Sevilla puede hacerlo hoy
Algunas ciudades ya están trabajando para solucionar este error. Ése es el caso de Zaragoza, que una semana antes de la entrada en vigor de la ley aprobó un decreto que otorgaba a sus agentes la autoridad para avisar a la grúa en su término municipal. En Sevilla, donde los agentes no retiran vehículos desde el 25 de mayo, ya están trabajando en un decreto similar, que podría estar listo hoy miércoles.

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