
Ahora, en cambio, queremos hablarte de límites de velocidad, ya que este cuadro también cambia. A partir de hoy, todas las sanciones por superar el límite establecido se consideran graves o muy graves, con multas comprendidas entre los 100 y los 600 euros.
Como puedes ver, a partir de 1 km/h ya se considera falta grave, aunque la DGT afirma que los radares seguirán manteniendo el margen de error entre un 3 y 10%. Con un margen de error del 3%, en ciudad te pueden multar a 51,5 km/h, teniendo que abonar 100 euros por esta «temeridad».
En autopista, circular a 151 km/h cuesta ahora 300 – y dos puntos, cuando antes el importe económico era de sólo 140 euros. Sin embargo, si te acoges al pronto pago, esa sanción se queda en 150 euros, aunque pierdes el derecho a reclamar la multa.
Ahora, aunque se ha suprimido la retirada de carné, sí te pueden suspender durante dos meses si cometes una falta muy grave -en autopista esto ocurre por encima de 190 km/h-.
Échale un vistazo al cuadro y apréndete bien el nuevo baremo.