¿Cómo llevo en el coche a mi perro cuando viajamos cinco personas?

Os escribo para ver si podéis resolverme una duda muy concreta. En casa tenemos un perro y, cuando viajamos en coche, generalmente lo transportamos en los asientos traseros, atado a la clavija del cinturón de seguridad.


Pero, a veces, en trayectos cortos y cuando vamos en el vehículo cinco personas, lo llevamos a los pies del copiloto. Entiendo que, si en estas circunstancias, nos para la Policía o un agente de la Guardia Civil, nos multaría con total seguridad, pero… ¿nos dejarían continuar la marcha hasta nuestro destino o bien una de las personas que viajara en el vehículo debería dejar su sitio al animal?

Miguel Ángel Platero

RESPUESTA DE JAVIER ARÚS, REDACTOR: Miguel, hemos consultado tu pregunta con un agente de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y lo primero que nos ha indicado es que, siempre que transportéis a vuestro perro atado -a cualquier sitio, incluso al reposabrazos de una puerta-, de tal forma que no tenga posibilidad de pasar a la zona del conductor y molestarle, podréis circular con el perro en las plazas delanteras sin sufrir ninguna sanción.

Nos comenta que lo que sanciona la Ley, con una multa de 80 euros y sin retirada de puntos, es el hecho de que los animales vayan “incontrolados”… de forma que “puedan interferir en la conducción”.

Por eso, en las circunstancias que describes, y siempre que el animal viaje atado, no sufriréis ninguna sanción ni, por supuesto, ninguna persona deberá ceder su sitio en el vehículo al animal.

Ahora bien, este agente nos ha aconsejado que, por vuestra seguridad y comodidad, en este caso que comentas lo mejor que podéis hacer es retirar algún bulto del maletero -que podéis poner a los pies de algún pasajero- y transportar al animal en el vano portaequipajes.

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