Tengo un coche de rallyes y carnet de conducir B. Así que, para llevar el coche a las carreras. Utilizo una plataforma. Según la DGT, con el carnet B en la actualidad puedo conducir un conjunto de vehículos cuya masa máxima autorizada no exceda de 4.250 kilos, aunque el remolque supere los 750 kilos. Aquí os dejo el enlace de la DGT con lo que se puede conducir con cada permiso.
Mi vehículo tractor tiene una Masa Máxima Autorizada (MMA) de 2.025 kilos, y la MMA de mi remolque es de 1.470 kilos. Es decir, que la MMA del conjunto es de 3.495 kilos. Por tanto, puedo llevar ese conjunto de vehículos con mi carnet B sin mayor problema.
La cuestión es que hace unos días, me paró la Guardia Civil de Tráfico mientras circulaba con el remolque, que en ese momento iba vació. Y, ante mi sorpresa, el agente me indicó muy educadamente que me habían detenido para pedirme el carnet de conducir porque, con el B, no podía llevar un remolque con placas rojas.
Discutir con un agente de la autoridad nunca es buena idea, aunque sepamos que tenemos razón. Así que con la misma educación, le comenté que sí podía, le di la explicación correspondiente y le enseñé el mismo enlace de la propia DGT que os he enlazado un poco más arriba.

El agente lo miró y lo comentó con su compañero. Por algún motivo, ambos estaban seguros de que eso no era así, pero ante la duda procedieron a comunicarse con alguien (supongo que su Jefatura). A los pocos minutos, volvieron para comentarme que, efectivamente, era correcto, y me pidieron disculpas por el error. Con todo aclarado, volví a emprender mi trayecto.
Son cosas que pasan, todos nos equivocamos. Y, sobre todo, es más fácil que ocurran cuando la normativa sobre remolques está redactada a veces de forma farragosa y no demasiado clara, y tampoco ayuda el hecho de que se haya modificado hace poco. Por ejemplo, ahora puedes llevar un conjunto que no exceda de 4.250 kilos, cuando hace un par de años el límite eran 3.500 kilos (mi conjunto de hecho está en 3.495 kilos por eso).
Además, buceando por internet, me he encontrado con que hay un infundado bulo que afirma que no se puede llevar un remolque con placa roja con el carnet B, cuando eso, además de absurdo, no es cierto.
¿Puedo entonces llevar un remolque con placas rojas?
Por tanto, sí se puede llevar un remolque con placas de matrícula rojas con el carnet B, siempre y cuando ese peso del conjunto no supere los 4.250 kilos. Hay que tener en cuenta que todo remolque que supere los 750 kilos de MMA ya es considerado un vehículo aparte del propio vehículo tractor, y por eso necesita su propia matrícula. La matrícula de estos remolques es la placa roja con la R delante. Por tanto, el remolque debe llevar dos matrículas: la del vehículo tractor y la suya propia.
De manera que, obviamente, si puedes llevar un remolque de más de 750 kilos, ese remolque tiene que llevar una placa roja, y siempre que ese remolque circule con su impuesto de circulación al día, su seguro y su correspondiente ITV si es que le toca pasarla por años, todo de manera independiente al vehículo tractor.
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