Qué motos pueden entrar a Madrid Central

Nicolás Merino
Nicolás Merino


El pasado 30 de noviembre se habilitó el Área de Prioridad Residencial (APR) Madrid Central. Se trataba de una de las medida estrella del Plan A de Calidad del Aire –aprobado en septiembre de 2017– y consiste en una ampliación de las APR ya existentes -las de Ópera, Cortes, Letras y Embajadores-, que integra un área total de 472 héctareas limitada por cuatro ejes principales de Madrid –Alberto Aguilera, Sagasta y Génova; Princesa y Bailén; Paseo de Recoletos y del Prado; y las Rondas–, tal y como se muestra en el plano.

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¿Qué motos pueden circular por Madrid Central?

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Si bien es cierto que en el caso de los coches esta medida no da lugar a dudas –solo pueden entrar aquellos que porten las etiquetas CERO y ECO, así como los vehículos autorizados–, las motos son tenidas en cuenta de manera diferente y esto puede generar confusión. Lo que no cambia es que será la etiqueta de cada moto la que determine si puede o no pasar a Madrid Central:

  • Motos, ciclomotores y vehículos de tres ruedas. Podrán acceder a la APR Madrid Central las motos con etiqueta ECO -híbridas- o CERO emisiones -eléctricas e híbridas enchufables con más de 40 km de autonomía eléctrica-. Aquí se engloban la totalidad de servicios de motosharing, los cuales apuestan por moto eléctricas.
  • En cuanto a las motos con etiqueta C –aquellas que cumplan la norma anticontaminación Euro3 y Euro4– o B –Euro2–, podrán acceder y estacionar desde las 7.00 h hasta las 22.00 h, pero si acceden dentro de esa franja horaria no están obligados a abandonar el área ni a estacionar dentro de ningún parking.
  • Los residentes empadronados en el distrito Centro podrán acceder con sus motos, ciclomotores y vehículos de tres ruedas, con o sin etiqueta.

Periodo de prueba de dos meses

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Como ya te contamos, la entrada en vigor del APR Madrid Central traerá consigo un periodo de prueba de dos meses en el que distintos agentes de movilidad y policía municipal se colocarán en varios puntos de acceso para informar a los conductores de que ya no se puede acceder a dicha zona. Una vez pasado ese periodo de prueba, se comenzará a multar: una cámara —instalada en cada punto de acceso—, tomará una foto de nuestra matrícula. Si no cumplimos los requisitos seremos sancionados con 90 euros.