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Las multas que te amargarán un viaje

¿Te preocupan los radares cada vez que sales a la carretera? No sólo deberás estar pendiente de las multas por exceso de velocidad... Hay otras muchas, que pueden llegar a ser de hasta 6.000 euros. ¿Quieres saber por qué te pueden multar según por dónde circules?


Por qué te multarán en carretera

– Adelantar con línea continua: 200 euros -sin puntos-. Por otro lado, si adelantas en una zona de escasa visibilidad -por ej., un cambio de rasante– te quitarán, además, 4 puntos; te ocurrirá lo mismo si adelantas poniendo en peligro a los coches que vienen de frente.

– Acelerar para no dejarse adelantar: En la medida de lo posible, debes facilitar la maniobra de adelantamiento al coche que circula detrás tuyo.

– Si, al adelantar a un ciclista o peatón que vaya por el arcén no dejas, cómo mínimo, 1,5 m de distancia lateral: 200 euros -sin puntos-.

Alcoholemia: Depende de diversos factores -peso de la persona, tiempo transcurrido desde que se ingirió bebida…-, dos tintos de verano son suficientes para dar positivo en un control de alcoholemia -esto es, más de 0,25 mg/l de alcohol en aire espirado-. Dicho límite equivale a 0,5 gramos por litro, y queda reducido a 0,3 gramos para profesionales y noveles. Por encima de estas tasas, se habrá cometido una infracción muy grave, con multa de entre 300 y 600 euros -y la pérdida de cuatro puntos del carné, que queda suspendido durante tres meses- si se da positivo con entre 0,5 y 1 gramos por litro; si se da una tasa de entre 1 y 1,2 gramos por litro, se pierden seis puntos, y por encima de ella estaríamos cometiendo un delito contra la seguridad vial.

No guardar la distancia de seguridad… con el coche que te precede -aquella que te permita frenar sin peligro si éste frena bruscamente-: 200 euros -cuatro puntos-.

No llevar puesto el cinturón de seguridad: 200 euros -tres puntos-. Recuerda también que llevar a tu hijo sin un asiento homologado si es menor de 12 años o mide menos de 1,35 m en el coche supone la misma sanción.

No hacer caso de las indicaciones de un agente: 200 euros -cuatro puntos-. Ojo, éste deberá indicar en la denuncia el motivo exacto de la sanción.

Conducir de forma temeraria… y poniendo en peligro al resto de conductores: 500 euros -seis puntos-. El agente deberá especificar en la denuncia cuál ha sido tu ´conducta temeraria´ al volante.

Saltarse un stop o un ceda el paso: 200 euros -cuatro puntos-. Es la misma sanción que si te saltas un paso a nivel -cruce de una carretera con una vía del tren-.

Llevar equipaje sin sujetar: 200 euros -cero puntos-. Si transportas carga sin elementos de sujeción -por ej., sin baca-… o si se te cae alguna parte del equipaje a la vía.

Por qué te multarán en la playa

Llevar la mano o el codo por fuera de la ventanilla: 80 euros -sin puntos-. Ojo, te pueden sancionar por «no mantener la atención permanente a la conducción«… aunque, según la Policía, «no multamos por ello… a no ser que, además, se esté conduciendo mal o cometiendo otra sanción«.

Aparcar o circular por la playa… si dicha zona se considera ´espacio protegido´: 6.000 euros -sin puntos-.

Llevar demasiados pasajeros: De 80 a 200 euros -sin puntos-. No puedes llevar en tu vehículo a más personas para las cuales está homologado. Te multarán con 80 euros si no superas en más del 50% las plazas del coche -hasta siete personas en un automóvil de cinco plazas-; la sanción será de 200 euros si sobrepasas ese porcentaje… sin contar al conductor -más de siete personas en un vehículo de cinco plazas-.

Tocar el claxon sin motivo: 80 euros -sin puntos-. Sólo está permitido para evitar un accidente o para avisar de tu presencia en vías secundarias.

Llevar la música ´a tope´: Hasta 6.000 euros -sin puntos-. Ojo, la Policía Nacional y la Guardia Civil te sancionarán con 80 € si circulas con la música alta cerca de hospitales… pero, según la ordenanza de contaminación acústica de cada municipio, la Policía Local te puede multar hasta con 6.000 € -como ocurre en la Comunidad Valenciana-.

Por qué te multarán en ciudad

Hablar por el móvil mientras conduces sin un sistema Bluetooth de manos libres o ir manejando el navegador: 200 euros -tres puntos-.

Aparcar en una zona de estacionamiento limitado… sin poner ticket o si éste ya ´ha caducado´: De 20 a 90 euros. Ojo, si aparcas en una plaza para minusválidos, te sancionarán con 200 € de multa. La multa varía según cada ayuntamiento y no conlleva retirada de puntos.

Aparcar en doble fila… o en un paso de cebra: 200 euros -sin puntos-. Pero ¡ojo!, la sanción varía según cada ayuntamiento…

Saltarse un semáforo: es la misma sanción que saltarse un stop o un ceda al paso.

No obedecer una señal de prohibición de paso -de dirección prohibida, zonas peatonales…-, de maniobras prohibidas -giros, estacionamientos…-: 200 euros -cero puntos-.

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