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Con la nueva normativa andaluza sobre la ITV, ¡te penalizan si la pasas fuera de plazo!

Recientemente, la Junta de Andalucía ha anunciado, en su orden de 10 de julio de 2014, que impondrá un recargo del 12% -a mi parecer, se trata de una multa encubierta- a los vehículos que pasen la ITV una vez excedido el plazo de un mes sobre la fecha de la cita.... ¡estén circulando o no!


Por lo que yo sé, lo que está prohibido es ‘circular’ sin la ITV en vigor, pero si el vehículo está en el garaje y no lo usas, no tienes porqué pasarla. Igual ocurre con el seguro, que para ‘circular’ debes tener contratado una póliza. […] ¿Es una forma de obligarnos a dar de baja temporal nuestro coche, pagando la tasa, y después darlo de alta, pagando otra tasa, cuando no vamos a utilizarlo durante una temporada?

Javier Ariza (E-Mail)

Con la nueva normativa andaluza sobre la ITV, ¡te penalizan si la pasas fuera de plazo!Respuesta de Luis Rivas, secretario general de AECA-ITV: Javier, nos tememos que incurres en dos errores:

1.- La normativa sobre Inspección Técnica de Vehículos indica que se ha de realizar a «vehículos matrículados»; esto es, que los coches han de pasar la ITV por ese mero hecho y da igual si circulan o no.

2.- Y algo parecido ocurre con el seguro, ya que si bien la DGT te puede multar con hasta 1.500€ si un turismo circula sin haberlo contratado, también puede hacerlo -con 800€- si ese turismo, aunque esté estacionado y no circule, carece del mismo.

Una vez hechas estas apreciaciones, efectivamente, Andalucía es la única CC.AA. que ha instaurado, con esta normativa que citas, el 12% de recargo por el hecho de pasar la ITV si se ha superado un mes la fecha establecida en la anterior revisión -ojo, si circulas con un vehículo que no haya realizado la ITV en fecha, aunque sea por un sólo día, la DGT ya te sanciona con 200€-.

Ahora bien, es igualmente cierto que la misma normativa de la Junta aprueba una bonificación del 10% en el precio de la inspección si esta se lleva a cabo en los plazos legales -antes de la fecha límite-. En cuanto a solicitar la baja temporal de un vehículo y su posterior alta, entendemos que es la actuación recomendable si no vamos a usar un vehículo durante cierto tiempo.

 

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