
Antes de empezar, te recordamos las condiciones básicas:
1. Las ayudas se destinan a turismos y vehículos industriales de hasta 3,5 toneladas.
2. Las ayudas se aplicarán para la adquisición de vehículos nuevos o de segunda mano de hasta 5 años de antigüedad.
3. Todos los vehículos deben tener unas emisiones de CO2 no superiores a 120 gr/km, o no superiores a 149 gr/km y además incorporen sistemas de control
electrónico de estabilidad y detectores presenciales en plazas delanteras, o no superiores a 149 gr/km e incorporen un catalizador de tres vías
para vehículos de gasolina o dispositivos EGR de recirculación de gases de escape para vehículo diésel.
4. Los vehículos industriales no pueden emitir más de 160 gramos de Co2 por kilómetro.
5. El precio máximo no puede exceder los 30.000 euros.
6. El beneficiario debe achatarrar otro vehículo de una antigüedad mínima de 10 años o al menos con 250.000 kms si se adquiere uno nuevo; o usado de 12 años de antigüedad si se adquiere un vehículo de segunda mano.
7. El Plan acabará el 18 de mayo de 2010 o cuando se agote el presupuesto (200.000 vehículos).
PREGUNTAS
1. ¿Qué documentación deben aportar los particulares?
– DNI.
– Declaración responsable de encontrarse al corriente de sus obligaciones ante la Hacienda Pública y la Seguridad Social.
– Domicilio fiscal y de empadronamiento, si son diferentes a la dirección que consta en el DNI (según CC.AA.).
– El vehículo a achatarrar junto con su ficha técnica y el permiso de circulación o, en su caso, certificado de su destrucción emitido por un centro autorizado de tratamiento.
2. ¿Y si eres profesional?
– Además de lo anterior, deberás aportar el documento de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) (modelo 036) o en su caso el simplificado (modelo 037).
3. ¿Y si eres una empresa?
– DNI de la persona representante con poderes de la empresa para esta operación.
– Escritura de estos poderes.
– La tarjeta acreditativa del CIF de la empresa.
– Domicilio social y domicilio fiscal de la empresa a la que representa.
– Declaración responsable firmada por el titular del DNI de que la empresa a la que representa se encuentra al corriente de sus obligaciones ante la Hacienda Pública y la Seguridad Social.
– Declaración responsable firmada por el titular del DNI de que la empresa a la que representa emplea a menos de 250 personas, tiene una facturación anual que no supera los cincuenta millones de euros y el valor de sus activos no supera los cuarenta y tres millones de euros.
4. ¿Hay que achatarrar un vehículo del mismo tipo que se compra?
No es necesario. Si bien es preferible que sea del mismo tipo, si quieres comprar una furgoneta y no tienes otra para achatarrar, puedes entregar un turismo (o viceversa).
5. ¿Cómo se calcula el precio máximo de venta?
El precio máximo no debe sobrepasar los 30.000 euros, pero, ¿cómo se calcula? Se tiene en cuenta el precio final de adquisición del vehículo (con los descuentos promocionales del fabricante), más el IVA o el IGIC, y antes de aplicar ningún adelanto de subvención ni los 1.000 – del fabricante o importador.
Es decir, LO QUE LE COSTARÍA AL BENEFICIARIO SI NO EXISTIESE EL PLAN 2000E.
30.000 Igual ocurre con los vehículos usados de hasta 5 años: el precio – los descuentos promocionales + el IVA o IGIC no debe superar 30.000 euros.
6. ¿Cómo declara que es PYME una empresa joven que aún no ha cerrado su primer ejercicio?
No tiene que declararlo, y la subvención se condiciona a que termine el ejercicio siendo PYME.
7. ¿Es necesario matricular el vehículo para acogerse a las ayudas?
Si se refiere al vehículo nuevo, sí. Si se refiere al vehículo usado, no, porque ya está matriculado, y lo que es necesario es que cambie de titularidad y que así conste en el permiso de circulación.
8. ¿Y si un vehículo de más de 10 años lo he comprado en el extranjero y rematriculado en España hace menos tiempo?
No importa, se tiene en cuenta la fecha de la primera matriculación, sea cual sea su país de origen.
9. ¿Se puede dar de baja el vehículo viejo después de matricular el nuevo y acogerse a la ayuda en un plazo como ocurría en los planes anteriores?
Sí, siempre y cuando la operación de baja se produzca después del 18 de abril de 2009 (un mes antes de la entrada en vigor del plan) y ambas, la de achatarramiento del viejo y la de matriculación del nuevo, sean anteriores al 18 de mayo de 2010.
10. Si un vehículo tiene menos de 10 años pero más de 250.000 kilómetros, ¿hay que presentar algún documento que acredite el kilometraje?
No, basta con la comprobación visual del cuentakilómetros por parte del agente de ventas.
11. Si compro un coche nuevo y dentro de dos meses lo vendo, ¿qué ocurriría?
Que el nuevo comprador no se beneficia del Plan 2000E si ya antes te has beneficiado.
12. ¿Cómo se certifica estar al corriente en los pagos?
No se exige certificado sino declaración voluntaria. No existe un modelo oficial de declaración voluntaria, siendo lo importante que el contenido responda a la exigencia del Real Decreto, es decir, que se pueda leer que está al corriente de sus obligaciones con la Hacienda Pública y la Seguridad Social, con ello se aceptará la declaración.