De ser ciertas estas afirmaciones, Ortega Cano se enfrentaría a un juicio por delito penal, ya que siempre que la tasa de alcohol en sangre sea superior a 1,2 gramos por litro se tipifica como conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas y está castigado por el Código Penal según las modificaciones introducidas en la Ley Orgánica 15/2007 de 30 de noviembre. Así, podría enfrentarse a una pena de prisión de 3 a 6 meses o a una multa de 6 a 12 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. También podría perder el carné de conducir entre uno y cuatro años.
Esto es lo que dice el Código Penal en materia de Seguridad Vial, pero a este delito se le podrían sumar otras infracciones, como homicidio involuntario, por lo que la sanción final podría variar bastante. Y esto sin contar con la decisión del seguro, ya que en casos como éstos, en los que el asegurado supera la tasa máxima permitida, suelen negarse a cubrir los daños y las indemnizaciones a las víctimas.