Las Pick Up tienen nuevo límite de velocidad

A partir del próximo mes de agosto, los vehículos del tipo Pick Up tendrán un nuevo límite de velocidad en carretera, igualándose a los turismos convencionales.


Los vehículos pick-up, cuya parte destinada a la mercancía se encuentra separada de la cabina y a cielo abierto, han dejado de ser considerados legalmente como camiones para ser considerados como turismos, implicando algunos cambios normativos en lo relativo a su circulación por carretera. Una gran noticia para los, cada vez más numerosos, propietarios de este tipo de modelos de gran éxito en Estados Unidos y que, poco a poco, van ganando adeptos en España.

En concreto, el Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de Tráfico (DGT), ha aprobado la puesta en marcha de un nuevo límite de velocidad en carretera para vehículos de tipo Pick Up. De esta forma, a partir del próximo mes de agosto, las Pick Up podrán circular con las mismas restricciones de velocidad que los turismos en carretera hasta una velocidad máxima de 120 km/h, en lugar del límite de 90 km/h que tenían hasta la fecha.

Esta nueva medida de tráfico se aplica a todos aquellos modelos Pick Up cuya masa máxima no sea superior a 3.500 kg y en el que las plazas de asiento y la zona de carga no estén situadas en un compartimento único y cuya altura total no sea superior a 2 metros.

Además del límite de velocidad, los pick-up se verán favorecidos en otra serie de aspectos, como el beneficio de preferencia en ausencia de señalización, el uso de carriles VAO y carriles de sentido contrario al habitual, niveles de servicio en situaciones de vialidad invernal y otras situaciones.

«Lo anterior no afecta en ningún caso a cualesquiera otras obligaciones (fiscales, periodicidad de ITV…) que se puedan derivar de su clasificación formal como camión por criterios de construcción en el Registro de Vehículos», explica Gregorio Serrano en el comunicado oficial de la DGT.

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